Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 808568
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/10/1940 00:00
REPARACION DEL DAÑO.

No puede condenarse a ésta a un individuo, si no se prueba plenamente en el proceso que se le sigue que existe el daño material y moral que causó con el delito cometido.

Amparo penal directo 4342/40. Ponce Rodríguez Donaciano. 5 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.