Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 808570
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 07/10/1940 00:00
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO, SUSPENSION PEDIDA POR LA.

Si no aporta prueba alguna sobre el perjuicio que le causa el acto reclamado, no es posible afirmar que se ha satisfecho el tercero de los requisitos de que habla el artículo 124 de la Ley de Amparo, y por lo tanto, debe negarse la suspensión.

Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 4726/40. Haggard de Long Consuelo. 7 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.