Uno de los principios fundamentales que rigen tratándose de suspensión, consiste en que lo que es materia de ella, es la ejecución o cumplimiento de la resolución, acuerdo u orden reclamados y no el acto o momento mismo de dictarlos o firmarlos.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7273/39. López y López Alberto, sucesión de.11 de enero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.