Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 808655
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/12/1939 00:00
TERCERO EXTRAÑO AL JUICIO, AMPARO PEDIDO POR EL.

Si una persona promueve un amparo como tercero extraño a un juicio, no está obligado a agotar los recursos ordinarios establecidos contra el acto de que se queja.



Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 7315/39. Téllez Marina. 5 de diciembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.