Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 808811
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 10/03/1938 00:00
TERCERO PERJUDICADO, EFECTOS DE LA FALTA DE NOTIFICACION AL.

Si no obstante que en el auto que dé entrada a una demanda de amparo, se ordena hacer saber al tercero perjudicado la interposición de la demanda y correrle el traslado correspondiente, no hay constancia alguna en el expediente, que demuestre que se cumplió con esa disposición, debe revocarse el fallo recaído en dicho amparo y ordenarse que se reponga el procedimiento, desde el auto que se citó para la audiencia constitucional, a fin de que sea notificado el tercero perjudicado.




Amparo administrativo en revisión 7587/37. Núñez Héctor Adolfo. 10 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.