Si se reclama en amparo la resolución de segunda instancia, que aprobó el remate de bienes inmuebles, que se llevó a cabo en ejecución de sentencia, la suspensión debe concederse, mediante fianza, por llenarse los requisitos del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Amparo 4623/37. Juárez de Aguilar Felícitas. 1o. de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo L, página 1816. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1999/36. Concurso a bienes de Olín viuda de Hurtado y Espinosa Dolores. 4 de diciembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.