Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 808833
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 30/04/1937 00:00
PETROLEO, IMPUESTOS AL (LEY NUMERO 47 DEL ESTADO DE VERACRUZ).

La circunstancia de que la ley número 47 de 16 de enero de 1929, al crear impuestos sobre regalías por explotaciones de fundos petroleros, se refiere a contratos celebrados con anterioridad a la vigencia de la Ley del Petróleo, en ninguna forma viene a significar que el cobro de esos impuestos sea constitucional, porque aun cuando el contrato que originó la regalía haya sido anterior al primero de mayo de 1917, el impuesto que se trata de cobrar, se refiere a la explotación actual del subsuelo, que sólo puede ser gravado por leyes federales.

Amparo administrativo 1759/31. Betancourt Melitón, sucesión de. 30 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.