Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 808860
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/02/1938 00:00
SUSPENSION, PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR HABERSE OTORGADO LA CONTRAFIANZA EN LA.

El escrito en el cual se ofrece la contrafianza en un incidente de suspensión no puede asimilarse a una demanda, puesto que en él no se promueve juicio alguno en contra de determinada persona, sino sólo se ejercita por el tercero perjudicado, el derecho que le da el artículo 126 de la Ley de Amparo, y, en consecuencia, no puede considerarse que tiene el valor de confesión judicial, y para darle valor probatorio al propio escrito, respecto de los derechos que alega, basándose en él el promovente del amparo, debe promoverse el reconocimiento de la firma del tercero perjudicado.




Queja en amparo administrativo 574/37. Natividad Alejandro y coagraviados. 1o. de febrero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.