Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 808973
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/03/1937 00:00
SALARIO MINIMO, MODIFICACION DEL.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo, sólo cuando existe petición de la mayoría de patronos o trabajadores de un Municipio, puede lograrse la modificación del salario mínimo, puesto que afectando esa modificación tanto a la totalidad de los obreros del lugar, como a la totalidad de los patronos en el mismo, debe ser mayoría de una u otra clase, la que solicite la modificación del salario.

Amparo directo en materia de trabajo 2712/36. Compañía Minera Nacional, S. A. 26 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Octavio M. Trigo.