Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 809266
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 02/11/1934 00:00
PAGOS DE ADEUDOS FISCALES, PROVENIENTES DE ACTOS DE EMPLEADOS.

Si se alega por un empleado del gobierno, que hacía descuentos a otros empleados oficiales y por cuenta de una compañía particular, que, en caso de deber la cantidad que se le reclama, no sería al fisco, sino a un particular, es ineficaz tal alegación, porque si el adeudo proviene de un contrato celebrado entre esa compañía y el gobierno, en virtud del cual la Federación, conforme al decreto relativo, tiene obligación de vigilar la inversión de fondos y el cumplimiento de los contratos celebrados, resulta que la oficina respectiva de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es la que debe exigir al empleado de referencia, el pago de la cantidad que había descontado a los empleados, por el concepto antes expresado.

Amparo administrativo en revisión 3503/30. Alvarez Manuel. 2 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.