Es improcedente el amparo que se endereza contra la resolución que declara bien admitida una apelación, puesto que no trae consigo ejecución que pueda lesionar de una manera real y efectiva los derechos y la persona del quejoso, ni lo deja sin defensa.
Amparo civil en revisión 6242/33. Abascal Adalberto. 29 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.