Demostrado en autos que la intención de un acusado, fue únicamente la de agredir, la idea de la riña debe quedar excluida.
Amparo penal directo 2030/33. Velasco Gabriela. 25 de enero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.