Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 244455 de 274011
Tesis
Registro digital: 809320
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 12/03/1935 00:00
TRABAJO, RIESGOS ANEXOS AL.

Si un trabajador muere en un asalto, pero se comprueba que estaba obligado a transitar, por razón de su trabajo, por zonas peligrosas; que desempeñaba el trabajo cuando ocurrió la muerte; que ese asalto ocurrió en el lugar por donde el trabajador debía transitar normalmente, y que se encontraba en el lugar del asalto con motivo de su trabajo, debe decirse que el riesgo que corrió fue anexo al cargo que desempeñaba, y que el accidente de que resultó víctima, ocurrió en las condiciones que la ley exige para que se le estime como un accidente de trabajo; máxime, si el patrono no demuestra, como le corresponde probar, que el accidente no ocurrió en condiciones que necesariamente demuestran la estrecha relación de aquél, con el desempeño del trabajo.

Amparo en revisión en materia de trabajo 564/33. Ferrocarriles Nacionales de México, S. A. 12 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salomón González Blanco.