Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 809410
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/05/1933 00:00
SECUESTRO DE CREDITOS.

En el caso de que se secuestre un crédito, si no se previene al acreedor que se abstenga de disponer del mismo, no puede decirse que tal secuestro se practicó debidamente.

Recurso de súplica 4/31. Nuño Gregorio y Alvarez de Nuño Apolonia. 4 de mayo de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.