Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 809414
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 22/05/1933 00:00
EXCEPCIONES EN JUICIO.

El sentenciador debe examinar, ante todo, si los elementos de la acción están acreditados, y sólo en el caso de que llegue a una conclusión afirmativa, debe examinar las excepciones propuestas por el demandado, ya que al actor incumbe, preferentemente, y al reo, sólo subsidiariamente, la carga de la prueba.

Amparo civil directo 10679/32. Compañía Singer de Máquinas de Coser. 22 de mayo de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.