Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 809591
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 20/04/1933 00:00
TERMINO PARA INTERPONER EL AMPARO.

El término para interponer el amparo contra resoluciones judiciales, empieza a correr desde el día siguiente al en que se haya hecho la notificación y descontándose los días inhábiles.

Amparo civil en revisión 4488/25. González de Castilla Emilio. 20 de abril de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.