Para que pueda decretarse el aseguramiento de la cosa, materia del delito, es preciso que haya indicios para admitir que el delito se ha cometido.
Tomo XXVIII, página 2212. Indice Alfabético. Amparo en revisión 4630/27. Cuéllar Pedro. 25 de marzo de 1930. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando de la Fuente.
Tomo XXVIII, página 1630. Amparo civil en revisión 4621/27. Cadena Juan J. 25 de marzo de 1930. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando de la Fuente.