Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 306834
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1900 00:00
VAGANCIA Y MALVIVENCIA (LEGISLACION DE COAHUILA).

Para la existencia de esos delitos, se necesita que el acusado no se dedique a un trabajo honesto, sin causa justificada, y tenga malos antecedentes, comprobados por datos de los archivos judiciales o de las oficinas policiacas de investigación, y se estiman como malos antecedentes, que al acusado se le identifique como delincuente habitual o peligroso contra la propiedad, como explotador de prostitutas o como traficante de drogas prohibidas, toxicómano o ebrio habitual, tahúr o mendigo simulador y sin licencia; y no pueden considerarse llenados los requisitos de la fracción II del artículo 231 del Código Penal de Coahuila, si no se han comprobado las situaciones a que se refiere la citada fracción, y la mayoría de los ingresos a la prisión del acusado, se han debido a infracciones a los reglamentos de policía y, en lo que atañe a los hechos que pudieron tener el carácter de delictuoso, no consta, siquiera, que se haya hecho la consignación procedente a la autoridad judicial y por lo mismo, el acto de formal prisión dictado en esas condiciones, es violatorio del artículo 19 constitucional.

Amparo penal en revisión 6832/43. Luna Virgilio de y coagraviados. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.