Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 279197
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/03/1938 00:00
COMPETENCIA SIN MATERIA, EN MATERIA DE TRABAJO.

Cuando el negocio ha sido fallado, no es posible, legalmente, resolver respecto de la competencia que por ninguna de las partes fue objetada oportunamente y en la forma prescrita por la ley, y debe declararse que la contienda jurisdiccional carece de materia.

Competencia 42/37. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Hidalgo y la Especial Número Uno de la Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 21 de marzo de 1938. Unanimidad de quince votos.