Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 279347
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 03/07/1933 00:00
SENTENCIA DE AMPARO, IMPOSIBILIDAD DE EJECUCION POR INSOLVENCIA DEL EJECUTADO.

Cuando tanto el Juez de Distrito, como la autoridad responsable y el superior jerárquico, han practicado todas las diligencias conducentes al cumplimiento de una ejecutoria dictada en un juicio de amparo, sin que hayan tenido éxito alguno, en razón de la insolvencia del ejecutado, insolvencia que hace inútil, de momento, cualquiera gestión, sería injusto aplicar la sanción a que alude la fracción XI del artículo 107 de la Constitución, porque con ella se castiga a las autoridades responsables, cuando, después de concedido el amparo, insisten en la repetición del acto reclamado, o tratan de eludir la sentencia de la autoridad federal; más no puede tener aplicación esa sanción, cuando la sentencia dejó de ejecutarse en virtud de una imposibilidad física, como es la insolvencia del que debe ser ejecutado.

Incidente de inejecución de sentencia 7/33. Ayala de Castelazo Luz. 3 de julio de 1933. Unanimidad de trece votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.