Es violatorio de garantías, el que funda la presunta responsabilidad del acusado, en el dicho de testigos que tienen interés directo en el negocio y rivalidad con el propio acusado.
Amparo penal en revisión 1898/32. Corral Aniceto. 19 de octubre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.