Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 3 de 5
Mostrando solo tesis del 25/10/1933
Tesis
Registro digital: 313258
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 25/10/1933 00:00
VIDA PRIVADA.

La Ley de Imprenta, expedida por el primer jefe del Ejército Constitucionalista, considera un ataque a la vida privada, toda manifestación o expresión maliciosa, hecha por medio de la prensa, y que exponga a una persona al desprecio, o pueda causarla demérito en su reputación o en sus intereses, siendo antijurídico aplicar las disposiciones del Código Penal para castigar estos hechos; por otra parte, la imputación de hechos que pueden causar descrédito a una compañía comercial, no puede conceptuarse comprendida entre las disposiciones del Código Penal de 1871, relativas a los delitos contra la reputación, porque precisamente dicho código contiene el capítulo que se refiere a los delitos contra la industria o comercio, o contra la libertad en los remates públicos, que contiene un precepto en el que se especifica el castigo que debe imponerse al que hiciere perder el crédito a una casa comercial; de suerte que, por ningún motivo, pueden ser castigados tales actos, aplicando las penas de la difamación.

Amparo penal directo 3723/21. Janet de la Sota J. Jesús. 25 de octubre de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.