Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 313282
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/11/1933 00:00
FALSIFICACION DE DOCUMENTO PRIVADO (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).

Conforme a la fracción III del artículo 678 del Código Penal del Estado de Tamaulipas, para que el delito de falsificación de documento privado sea punible, se requiere que resulte o pueda resultar perjuicio a la sociedad o a un particular, en los bienes de éste.

Amparo penal directo 4724/31. Orta Francisco B. 21 de noviembre de 1933. Mayoría de tres votos. Disidentes: Paulino Machorro y Narváez y Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.