Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 313340
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/05/1933 00:00
SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO.

El incidente relativo debe ser tramitado y resuelto por la autoridad responsable, de acuerdo con lo prevenido en la fracción VI del artículo 107 de la Constitución, sin que deba otorgarse, previamente a la resolución, la fianza respectiva.

Queja en amparo civil 368/32. A. de Calderón Isabel. 15 de mayo de 1933. Unanimidad de cinco votos en cuanto al punto primero resolutivo, y por mayoría de cuatro votos respecto del segundo punto. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.