Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 313374
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/06/1933 00:00
ORDEN DE APREHENSION.

Dictada por la autoridad judicial competente, en virtud de denuncia de un hecho que la ley castiga con pena corporal y apoyada en datos que hagan probable la responsabilidad del acusado, no puede alegarse que es violatoria de garantías.

Amparo penal en revisión 3862/31. Cerezo Guillermo. 6 de junio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.