Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 313402
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 19/07/1933 00:00
PARTE CIVIL, AMPARO PEDIDO POR LA.

Si se reclama una resolución que niega el recurso de apelación contra la declaración de no haber delito que perseguir en el proceso; y en la demanda se sostiene que el quejoso es parte civil en dicho proceso, y en el escrito de expresión de agravios insiste en esa afirmación y asienta que también está indiciado en la acusación, sin que aparezca que tenga el carácter de acusador o denunciante de los hechos criminosos, no puede servir de fundamento para desechar de plano la demanda, la consideración de que el denunciante sólo puede interponer juicio de garantías cuando previamente se hubiere constituido parte civil en el proceso, y solamente contra las resoluciones pronunciadas sobre la responsabilidad civil; y es necesario tramitar el juicio para poder resolverlo conforme a derecho, ya que la demanda, por sí sola, no da elementos bastantes para conceptuar que es claramente contraria a la ley.

Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda 3259/31. Ordóñez Constantino. 19 de julio de 1933. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.