Si el certificado médico solamente expresa que la lesión inferida es de las que por su naturaleza ordinaria ponen en peligro la vida, no habiéndola comprometido en el caso, sin añadir ningún otro dato sobre el particular, como el arma empleada, región en que estuviere situada la herida, órgano interesado, etcétera, no puede tenerse como completa la clasificación legal respectiva.
Amparo penal directo 20/32. Chávez Jerónimo. 23 de agosto de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.