Si se endereza el amparo contra la aprobación de un remate verificado en un procedimiento económico coactivo, y sus demás consecuencias legales, la suspensión debe concederse mediante fianza, para garantizar los perjuicios al tercero en favor de quien se hubiere fincado el remate.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2218/32. Herrero Raquel y coagraviado. 25 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.