Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 313510
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 23/02/1933 00:00
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.

Los requisitos que exige la ley, tratándose de la falsificación de un documento relativo a la minuciosa descripción del redargüido de falso; al depósito del mismo en lugar seguro, haciéndose que firmen sobre dicho documento, si fuera posible, las personas que depongan respecto de la falsedad, agregándose al proceso una copia certificada del citado documento, y, si fuere posible, una copia fotográfica, no son elementos que sirvan para demostrar la existencia del delito, sino que tienen por objeto procurar la identidad del resguardo del documento de cuya falsedad o autenticidad se trata, por lo que la falta de esos requisitos, no significa que el cuerpo del delito no esté comprobado.

Amparo penal directo 12199/32. Muñoz Federico. 23 de febrero de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.