Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 313511
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 23/02/1933 00:00
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.

Cuando en una demanda de amparo se invocan, a la vez que la violación de leyes de procedimiento, la de leyes de fondo, la sentencia resolverá primero sobre aquélla, porque, de ser fundada, debe abstenerse de tocar la violación de leyes de fondo.

Amparo penal directo 12199/32. Muñoz Federico. 23 de febrero de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.