El testimonio de los parientes del ofendido no puede reputarse parcial,si son contestes y conformes en sus puntos esenciales, ya que dicho parentesco no constituye una inhabilidad legal, y media, además, la circunstancia de que su dicho esté corroborado en algunos de sus puntos, por el testimonio de otros deponentes y por las propias declaraciones del acusado.
Amparo penal directo 4489/30. Martínez Odilón. 2 de marzo de l932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.