El reclamante desarrolló trabajos de construcción de bordos para el ferrocarril Kansas City México y Oriente, de concesión federal; la existencia de ésta se comprobó por medio de documento oficial. siendo así, la competencia corresponde a la Junta Federal, de acuerdo con la fracción XXXI del artículo 123 constitucional.
Competencia 169/45. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación Número 15 en Chihuahua y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de ese Estado. Mayoría de catorce votos contra uno. La publicación no menciona la fecha de resolución ni el nombre del ponente.