Si la cuestión jurídica planteada en el juicio de amparo, es la relativa exclusivamente a la posesión de un inmueble que fue rematado y para nada se trata de la propiedad del mismo, resulta impertinente tratar esa cuestión u ocuparse de resolver si la operación de compraventa respectiva, es o no legal, por haberse llenado los requisitos de forma y registro.
Amparo civil en revisión 59/34. Estrada Manuel y coagraviado. 8 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.