Si el juicio común no tiene una cuantía que llegue a mil pesos, basta justificar la solvencia del fiador, que ésta acredite con una escritura pública, que tiene bienes de ese valor y no es necesario que se exhiba certificado de libertad de gravámenes.
Queja en amparo civil 83/35. Mendoza Maximiano. 20 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.