Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 360197
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/02/1935 00:00
ACCION REIVINDICATORIA.

La acción reivindicatoria requiere, indispensablemente, para su procedencia, que se acredite: que el actor es propietario de una cosa determinada, y que dicha cosa está poseída por un tercero que debe restituirla, siendo, por tanto, indispensable también, que el objeto de la reivindicación esté determinado de una manera concreta, ya que no estándolo, no existe propiamente una base firme para dictar la resolución correspondiente.

Amparo civil directo 1236/19. Cantú Sotero y coag. 13 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.