Cuando la excepción de falsedad se apoya en la falta de entrega de la cantidad prestada, no se comprueba si se declara infundada la excepción de dinero no recibido.
Recurso de súplica 58/24. "Uribe Valencia Hermanos". 16 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.