Los mandatarios de las sociedades mercantiles en general y los de las extranjeras en particular, deben tener poder bastante para representarlas, lo que deben justificar demostrando la existencia legal de su mandante y la autorización de quien extendió el mandato.
Amparo civil en revisión 5522/33. "L. G. Molina Co. Inc." 19 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.