No puede decirse que el Juez de Distrito niegue valor probatorio a los informes rendidos por las autoridades responsables, si se limita a juzgarlos insuficientes para demostrar la justificación de los actos reclamados, por no tener éstos fundamento legal.
Amparo civil en revisión 1710/34. Banco de Londres y México, S. A. 20 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.