Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 360278
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/03/1935 00:00
PRUEBA PERICIAL EN EL ESTADO DE NUEVO LEON.

Si esa prueba no se estima teniendo en cuenta las circunstancias, y se fijan hechos no establecidos por los dictámenes periciales y que no se desprendan de los mismos, se infringe el artículo 496 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León.

Amparo civil directo 2619/33. Hinojosa Claudio y coagraviada. 6 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.