Debe ser condenado a su pago el suplicante, si la sentencia de súplica es conforme de toda conformidad con la de alzada, y dicho recurrente no obtuvo sentencia a su favor en primera instancia.
Recurso de súplica 253/33. Andrew Esteban. 7 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.