Si de autos aparece que las declaraciones de los testigos son uniformes y convienen en la sustancia del hecho, que declararon de una manera cierta, y dieron la razón de su dicho, y el juzgador afirma lo contrario y rechaza la prueba testimonial, comete un error de hecho, y estima indebidamente el valor de dicha prueba, e infringe el artículo 562 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas.
Amparo civil directo 412/32. Reveles de Soto Guadalupe. 13 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.