Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 215945 de 244507
Tesis
Registro digital: 360644
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/11/1934 00:00
SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE, NEGATIVA A TRAMITAR EL INCIDENTE DE.

Conforme al artículo 23 de la Ley de Amparo, los autos dictados en los juicios de garantías, sólo admiten el recurso de revisión, en los casos en que la ley lo concede expresamente; así es que debe declararse infundada la queja que se interpone contra la resolución de un Juez de Distrito que desecha el recurso de revisión que se hace valer contra una resolución dictada en el incidente de suspensión, que niega la iniciación de la suspensión por hechos supervenientes, puesto que no existe disposición legal que conceda el recurso de revisión; y el recurso procedente sería el de queja.

Queja en amparo civil 249/34. Banco Nacional de México, S.A. 5 de noviembre de 1934. Mayoría de tres votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.