Es improcedente el agravio que se alegue en súplica, consistente en la falta de reconocimiento de la firma del ejecutado, si no se reclamó, apelando del auto ad exequendum o haciéndolo valer como excepción, al oponerse a la ejecución.
Recurso de súplica 226/32. Del Río García Virginia. 22 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.