Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 360704
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 29/11/1934 00:00
MULTA EN AMPARO.

Si el amparo se declara improcedente, debe imponerse una multa al quejoso, de acuerdo con el artículo 85 de la ley reglamentaria del amparo.

Amparo civil en revisión 5468/33. Fierro Ibarra Jesús y coagraviado. 29 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega no intervino en la discusión y votación del negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.