Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 29/11/1934
Tesis
Registro digital: 360708
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 29/11/1934 00:00
PERSONALIDAD, EXCEPCION DE FALTA DE, Y NULIDAD DE LO ACTUADO.

La falta de personalidad en el actor es una excepción dilatoria, que debe hacerse valer en la oportunidad que la ley procesal señala, y sólo podría ser admisible con posterioridad al término fijado para su oposición, si se fundara en hechos supervenientes; a más de que, promover la nulidad de lo actuado fundándose en una supuesta falta de personalidad de las partes, es involucrar dos cuestiones de naturaleza distinta y hacer uso de la acción que sólo reserva la ley para el que fuere mala o falsamente representado, acción que, tratándose de un juicio ya concluido, daría lugar a otro y no a un simple incidente.

Amparo civil en revisión 900/34. García viuda de Valdés Josefina. 29 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.