Los incidentes de nulidad de actuaciones, promovidas después de pronunciada una sentencia definitiva, no pueden comprender las actuaciones del juicio, anteriores al fallo, por exigirlo así la firmeza del procedimiento, y sólo pueden referirse a lo actuado después de pronunciada la sentencia definitiva.
Amparo civil en revisión 1295/34. Molina Andrés. 1o. de diciembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega, no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.