Las inscripciones en el Registro Civil solamente sirven para comprobar el estado civil de las personas, sin que la publicidad del registro implique presunción de conocimiento del acto registrado, por lo cual no puede deducirse que un cónyuge ha tenido noticia del divorcio, desde la fecha de la inscripción respectiva.
Amparo civil en revisión 700/34. Silva de Pareyón Margarita. 7 de diciembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.