Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2014602
Época: Décima Época
Materia(s): Común
Tesis: I.3o.C.80 K (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 23/06/2017 10:29
AMPARO ADHESIVO. CASO EN QUE NO PROCEDE DECLARARLO SIN MATERIA.

Cuando en el amparo adhesivo se impugne alguna consideración relacionada con una pretensión principal, por regla general, los conceptos de violación serán inoperantes. Por tanto, procede negar el amparo y no declararlo sin materia, al coexistir el tema de fondo.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 178/2014. Nicandro Javier Ávalos Rodríguez. 22 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretaria: Montserrat C. Camberos Funes.

Esta tesis se publicó el viernes 23 de junio de 2017 a las 10:29 horas en el Semanario Judicial de la Federación.