Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2014996
Época: Décima Época
Materia(s): Común
Tesis: I.6o.P.85 P (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 25/08/2017 10:33
INTERÉS JURÍDICO Y/O LEGÍTIMO EN EL AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. CARECE DE ÉL QUIEN PRESUME TENER EL CARÁCTER DE INCULPADO O IMPUTADO Y/O INVESTIGADO EN UNA AVERIGUACIÓN PREVIA O CARPETA DE INVESTIGACIÓN, Y RECLAMA LA NEGATIVA DE ACCESO A LAS CONSTANCIAS QUE LAS INTEGRAN PARA EJERCER SU DERECHO DE DEFENSA, SIN SEÑALAR UN DATO CONCRETO NI ESPECÍFICO, INCLUSO GENÉRICO, QUE PERMITA AL JUEZ DE DISTRITO CONOCER, AUN INDICIARIAMENTE, LA EXISTENCIA DE DICHA INDAGATORIA.

Si bien es cierto que en el procedimiento penal, que inicia desde la averiguación previa, o bien, en la etapa de investigación (según el nuevo sistema de justicia penal), el inculpado o imputado y/o investigado, cuenta con derechos previstos tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en la legislación adjetiva (Código Federal de Procedimientos Penales o Código Nacional de Procedimientos Penales, según sea el caso), cuya defensa, en caso de violación, puede realizarse a través del juicio de amparo; también lo es que si se presenta una demanda de amparo, en la que quien presume tener aquel carácter en una averiguación previa o carpeta de investigación, reclama que no se le permite el acceso a las constancias que las integran para ejercer su derecho de defensa, previo al ejercicio de la acción penal, sin señalar un dato concreto ni específico, incluso genérico, que permita al Juez de Distrito conocer, aun indiciariamente, la existencia de dicha indagatoria, para efectos de pronunciarse sobre su admisión o no, debe estimarse que lo planteado de esa manera, hace improcedente el juicio por falta de interés jurídico y/o legítimo, en términos de la fracción XII del artículo 61 de la Ley de Amparo, por no concretarse un derecho tutelado constitucionalmente para instar el juicio de amparo.


SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Queja 3/2017. 2 de marzo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Tereso Ramos Hernández. Secretario: Erick Fuentes Altamirano.

Esta tesis se publicó el viernes 25 de agosto de 2017 a las 10:33 horas en el Semanario Judicial de la Federación.