ANEXO 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, publicada el 29 de diciembre de 2023

Lunes 15 de Enero de 2024

(Viene en la Sexta sección)

192/CFF Recurso de revocación en línea presentado a través de buzón tributario.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este medio de defensa para impugnar actos o resoluciones definitivas de la autoridad fiscal federal, si consideras que no fueron emitidos tomando en cuenta las disposiciones legales.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales.

· Por regla general, dentro de los treinta días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la resolución o acto que impugnas.

· Respecto de violaciones al procedimiento administrativo de ejecución, dentro de los diez días siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria de remate.

· En cualquier tiempo, cuando el tercero afirme ser propietario de los bienes o negociaciones, o titular de los derechos embargados.

¿Dónde puedo presentarlo?

·      En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

https://www.sat.gob.mx/empresas/iniciar-sesion

·      En forma presencial:

Ante la Administración Central de lo Contencioso de Grandes Contribuyentes a través de la Oficialía de Partes de la AGGC ubicada en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs. o, ante la Administración Central de lo Contencioso de Hidrocarburos a través de la Oficialía de Partes de la AGH ubicada en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc,  C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs., o si eres contribuyente de la competencia de la AGJ, ante cualquier oficina del SAT, más cercana a tu domicilio que podrás encontrar al ingresar en la siguiente liga: https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Lo anterior, en caso de no estar obligado a inscribirte en el RFC, o tramitar el Certificado de e.firma, o si presentas tu promoción ante las autoridades fiscales de las entidades federativas.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

1.     Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Captura tu RFC, Contraseña y Captcha,o e.firma, y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones de Otros trámites y servicios / Recursos de revocación, consultas y autorizaciones en línea.

4.     Lee los Términos y Condiciones de uso y elige Acepto, para continuar, llena los campos que el formato Datos de la Promoción te solicita.

5.     Adjunta la documentación e información digitalizada relacionada con tu trámite en formato PDF y con tamaño máximo de 4 Megabytes, la cual, se encuentra referida en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

6.     Una vez que adjuntes los archivos que consideres necesarios, firma la solicitud con tu e.firma, se te asigna un número de registro de tu promoción, descárgala o imprime y obtén tu constancia de Firmado Electrónico de Documentos, además de tus acuses de recepción de promoción, así como de los Términos y Condiciones y al concluir elige Cerrar Sesión.

7.     En caso de que se te requiera e incorpores información o documentación adicional, ingresa nuevamente a la aplicación buzón tributario, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

8.     Al ingresar registra tu RFC, Contraseña y Captcha o e.firma, y elige Iniciar sesión.

9.     Captura el número de Asunto con el que se registró tu promoción al momento en que la presentaste; selecciona Adjuntar, para incorporar la información o documentación adicional solicitada, seguido de Abrir y finalmente selecciona Aceptar.

10.   El sistema mostrará un aviso, el cual indica que el documento fue adjuntado de forma correcta y puedes verificar que se adjuntó el archivo correcto, en Ver; repite la misma acción, hasta que adjuntes todos los archivos que sean necesarios, cada uno de ellos debe tener formato PDF y su tamaño no deberá de exceder de 4 Megabytes, continúa al elegir Firmar, registra tu e.firma y concluye seleccionando Cerrar sesión.

En forma presencial:

1.     Acude ante la autoridad que te corresponda, de las señaladas en el apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? con los documentos señalados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.     Entrega la documentación correspondiente a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe y conserva copia de tu acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

Archivos digitalizados que contengan:

1.     Escrito de promoción.

2.     Resolución o acto impugnado.

3.     Constancia de notificación del acto impugnado.

4.     Pruebas.

5.     Escrito de anuncio de pruebas adicionales.

6.     Escrito de exhibición de pruebas adicionales.

7.     Documentación relacionada con el recurso de revocación.

En forma presencial:

1.     Original del escrito de recurso de revocación.

2.     Copia del documento que acredite personalidad.

3.     Copia de la Resolución o acto impugnado.

4.     Copia de la Constancia de notificación del acto impugnado.

5.     Copia de las pruebas ofrecidas.

6.     Original del escrito de anuncio de pruebas adicionales.

7.     Original del escrito de exhibición de pruebas adicionales.

8.     Documentación relacionada con el recurso de revocación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma y Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

A través de buzón tributario.

No.

Resolución del trámite o servicio

Oficio de resolución que se notificará a través del buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

3 meses, o hasta en tanto no se demande la negativa ficta.

5 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·      Acuse de recibo de promoción.

·      Tu constancia de Firmado Electrónico de Documentos, solo cuando presentas tu documentación en línea.

·      Acuse de términos y Condiciones cuando presentas cuando presentas documentación en línea.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·     Podrás optar por enviar las pruebas diversas a las documentales que ofrezcas mediante correo certificado con acuse de recibo o entregar directamente en la dirección de la autoridad que atenderá tu trámite, adjunta copia del acuse de recibo electrónico que indique el número de asunto de tu promoción.

·     En caso de que presentes documentos en idioma distinto al español, deberás acompañar su respectiva traducción.

·     Nota: Las pruebas diversas a las documentales, son todas aquellas que no puedan digitalizarse para su envío por el buzón tributario.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 18, 19, 37, 116, 117, 121, 122, 123, 125, 126, 127, 128, 130, 131, 132 y 133 del CFF; 203 de la LA; Regla 2.15.1. de la RMF.

 

193/CFF (Se deroga)

 

194/CFF Aviso de cambios tecnológicos para los proveedores de certificación de CFDI.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el aviso de control de cambios tecnológicos para operar como PCCFDI.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los proveedores de certificación de CFDI autorizados.

Quince días antes de realizar cambios tecnológicos, o bien, cuando realices algún cambio tecnológico con posterioridad a la obtención de la autorización.

Para lo cual, podrás utilizar el catálogo de hardware y software siguiente:

·      Cambio en servidores (hardware).

·      Integración de nuevo equipo (hardware).

·      Baja de equipo (hardware).

·      Cambio en equipos de red (hardware).

·      Modificación en la arquitectura de la aplicación (software).

·      Alta, baja, cambio en la base de datos (software).

·      Cambio de centro de datos.

·      Virtualización de infraestructura.

·      Otros.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la ACSMC, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la ACSMC, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia de escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite.

4.     Para verificar la respuesta de tu trámite ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 3 meses posteriores a la presentación del mismo, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion de acuerdo a lo siguiente:

·      En buzón tributario, captura tu RFC / Contraseña / Captcha o tu e.firma y, selecciona el botón Enviar.

·      En el apartado Mis expedientes / Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde encontrarás un Oficio de resultado de la valoración del cambio tecnológico, mismo que debes descargar.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre en original y copia que cuente con la firma autógrafa o e.firma del representante legal o apoderado legal de la persona moral en donde acredite su personalidad con escritura pública o poder notarial, que contenga la manifestación del proveedor sobre los cambios tecnológicos a realizar, indicando razón social, RFC de la persona moral, número de oficio de la autorización vigente, fecha del cambio, precisando hora de inicio y término, así como las razones y motivos de dicho cambio.

2.     Anexa en archivo digitalizado en una unidad de memoria extraíble la siguiente información:

·      Análisis de Riesgos.

·      Plan de Seguimiento a Riesgos Detectados.

·      Control de Cambios Autorizado.

·      Plan de Pruebas Funcionales y Operacionales.

·      Matriz de Escalamiento.

·      Cronograma de actividades.

·      Comunicado del cambio interno.

Ø Todo lo anterior debe tener como alcance el cambio a realizar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Contar con e.firma o Contraseña.

·      Contar con buzón tributario activo.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la ACSMC al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs. o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Sí, visita de verificación en el domicilio del centro de datos (en caso de ser aplicable) y de oficinas operativas.

Resolución del trámite o servicio

La ACSMC verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones, y emitirá Oficio de resultado de la valoración del cambio tecnológico.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

Dentro del plazo de 3 meses.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

A la presentación del trámite:

·      Escrito libre sellado como acuse de recibo.

Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

·      Oficio de resultado de la valoración del cambio tecnológico.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·   Mediante llamada a la ACSMC al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·   Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

En el caso, de que solicites un cambio tecnológico con al menos quince días de anticipación, una vez realizado el cambio tecnológico, deberás enviar la información que acredite su implementación a la cuenta de correo electrónico: oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Fundamento jurídico

Artículos: 29 Bis, 37, primer párrafo del CFF; Reglas 2.7.2.1., 2.7.2.8. y 2.7.2.11. de la RMF.

 

195/CFF Informe de avisos enviados a clientes o prestatarios sobre la cesación de actividades como proveedor de certificación.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Informa el envío de los avisos a tus clientes o prestatarios cuando haya una cesación de actividades de tu parte como proveedor de certificación.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales proveedores de certificación:

a)     De CFDI:

·      Que no tramiten la renovación de su autorización.

·      Cuando dicha autorización sea revocada por el SAT.

·      Cuando se desistan de la autorización.

·      Cuando inicien proceso de liquidación, concurso mercantil o extinción jurídica de la persona moral.

b)     De certificación y generación de CFDI para el sector primario:

·      Que no tramiten la renovación de su autorización.

·      Cuando dicha autorización sea revocada por el SAT.

Personas morales proveedores de certificación:

a)     De CFDI:

·      Durante el mes siguiente a aquel en el que haya dejado de contar con la autorización como PCCFDI.

·      Durante el mes siguiente a aquel en el que surta efectos la notificación de la resolución de la revocación de la autorización.

·      Durante el mes siguiente a la fecha manifestada en su aviso de desistimiento.

·      El tercer día posterior a su publicación en el Portal del SAT, como proveedor en proceso de liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción jurídica de la sociedad.

b)     De certificación y generación de CFDI para el sector primario:

·      Durante el mes siguiente a aquel en el que haya dejado de contar con la autorización como PCGCFDISP.

·      Durante el mes siguiente a aquel en el que surta efectos la notificación de la resolución de la revocación de la autorización.

·      Durante el mes siguiente a la fecha manifestada en su aviso de desistimiento.

·      El mes siguiente a aquel a la fecha de la presentación de su aviso de que inició el proceso de liquidación, concurso mercantil o extinción jurídica de la persona moral en el Portal del SAT.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        a) Proveedor de certificación de CFDI

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCCFDI AVISO CESACION ACT; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Presento aviso del envío de archivo de los avisos a los clientes por cesación de actividades como PCCFDI. Descripción: Presento aviso del envío de archivo de los avisos a los clientes por cesación de actividades como PCCFDI, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

        b) Proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP AVISO CESACION ACT; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Presento aviso del envío de archivo de los avisos a los prestatarios por cesación de actividades como PCGCFDISP. Descripción: Presento aviso del envío de archivo de los avisos a los prestatarios por cesación de actividades como PCGCFDISP, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Documento en archivo digitalizado que contenga por cada uno de sus clientes o prestatarios, copia del aviso remitido mediante correo electrónico y, de contar con ella, la confirmación de recepción por parte de sus clientes o prestatarios.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

A través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

Cuando por el volumen o tamaño de los archivos no sea posible el envío de la información solicitada, se podrá presentar la misma en la ACGSTME ante la Oficialía de Partes de la AGSC, ubicada en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo IV, segundo piso, Col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, mediante disco compacto o DVD.

Fundamento jurídico

Artículos: 29, fracción IV, 31 del CFF; Reglas 2.7.2.4., 2.7.2.12., 2.7.4.8., y 2.7.4.11. de la RMF.

 

196/CFF (Se deroga)

 

197/CFF Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Te permite aclarar la irregularidad identificada en tu situación fiscal, en la del representante legal, socios, accionistas e integrantes de la persona moral identificada en los trámites de Contraseña o de e.firma.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y el representante legal de las personas morales que no hayan acreditado de forma suficiente la identidad, domicilio y en general su situación fiscal en el trámite de solicitud de generación o actualización de la Contraseña o de generación o renovación del Certificado de e.firma.

Dentro de los seis días contados a partir del día hábil siguiente al que se reciba el Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

·     En Oficialía de Partes de la oficina del SAT en la que iniciaste el trámite de solicitud de generación o actualización de la Contraseña o de generación o renovación del Certificado de e.firma.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la oficialía de partes del módulo en que iniciaste el trámite de generación o actualización de la Contraseña o de generación o renovación del Certificado de e.firma, con los documentos solicitados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?.

2.     Entrega tu escrito libre y las pruebas que acrediten tu dicho.

3.     Recibe y conserva copia del escrito libre sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Presentar escrito libre de aclaración en el que manifiestes bajo protesta de decir verdad que desvirtúas la irregularidad identificada en tu situación fiscal, o en su caso, del representante legal, socios, accionistas o integrantes de la persona moral.

2.     Identificación oficial vigente del contribuyente y, en su caso, del representante legal, que puede ser cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo (original).

3.     Cualquiera de los poderes señalados en los numerales 2, 3 y 4 del Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo (copia certificada), que acredite la personalidad de la o el representante legal.

Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, presentar traducción al español realizada por perito autorizado.

4.     Documentos o pruebas con las que se desvirtúe la irregularidad identificada en tu situación fiscal, o en su caso, del representante legal, socios, accionistas o integrantes de la persona moral.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

El escrito libre se deberá presentar en la Oficialía de Partes de la oficina del SAT en la que iniciaste tu trámite.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En la oficina del SAT, en donde presentaste el escrito de aclaración.

No.

Resolución del trámite o servicio

·      Cuando procede la aclaración:

Ø Contraseña: Acuse de aclaración procedente, con el cual se podrá realizar la generación o actualización de Contraseña, conforme a las fichas de trámite 7/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas físicas” y 311/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas morales” del presente Anexo, según corresponda.

Ø e.firma: Acuse de aclaración procedente, Certificado digital de e.firma archivo digital con terminación (.cer) y Comprobante de generación del Certificado de la e.firma.

·      Cuando no proceda la aclaración: Acuse de no conclusión del trámite por falta de aclaración a la información de la solicitud de Contraseña o Certificado de e.firma.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

10 días contados a partir del día siguiente al que se presentó el escrito de aclaración.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·      Cuando procede la aclaración:

Ø Contraseña: Acuse de aclaración procedente.

Ø e.firma: Certificado de e.firma.

·      Cuando no proceda la aclaración: Acuse de no conclusión del trámite por falta de aclaración a la información de la solicitud de Contraseña o Certificado de e.firma.

Indefinida, hasta en tanto el contribuyente presente otra solicitud de generación o actualización de la Contraseña o de generación o renovación del Certificado de e.firma.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·   Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos 17-D y 19 del CFF; Reglas 2.2.1. y 2.2.14. de la RMF.

 

198/CFF Solicitud de reducción de multas y aplicación de la tasa de recargos por prórroga.

Trámite    

Servicio    

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la reducción de multas y la aplicación de la tasa de recargos por prórroga de las contribuciones determinadas con motivo del ejercicio de facultades de comprobación, incluyendo las retenidas, siempre que no te hubieran sido cobradas o descontadas; así como de las contribuciones que no se te trasladaron y que pagaste directamente.

     Gratuito

     Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales.

A partir del día siguiente a aquel en que se conozcan los importes de las multas, si se está practicando una auditoría, o bien cuando haya sido notificada la resolución determinante respectiva.

¿Dónde puedo presentarlo?

·      En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/17503/solicita-la-reduccion-de-tus-multas

·      En las Oficinas de Recaudación del SAT ubicadas en los domicilios señalados en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs. en la Oficialía de partes de Recaudación.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.       Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.       Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar Sesión.

3.       Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y requisita el formulario conforme a lo siguiente:

          En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción REDUCCIÓN DE MULTAS 70-A CFF; en Dirigido a: SAT; en Asunto: Reducción de Multas 70-A CFF; en Descripción: Solicitud de reducción de multas, señala brevemente el motivo, el o los periodos y monto(s) de las multas por las que solicitas la reducción; en Adjuntar Archivo: Elige en Examinar y selecciona los documentos digitalizados y comprimidos en formato ZIP que contienen la información que subirás señalados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar, selecciona Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio de la solicitud y tu acuse de recibo con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

4.       Revisa tu solicitud en un plazo de 20 días para verificar si se solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 15 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

5.       Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT y con el número de folio, verifica la respuesta ingresando en la liga: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

·      En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.

·      Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta.

·      Captura el número de folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud.

Ø En caso de no contar con respuesta, acude a las Oficinas de la ADR, para recibir información adicional sobre la situación del trámite.

En forma Presencial:

1.       Acude a la ADR más cercana a tu domicilio fiscal con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.       Entrega la documentación solicitada al personal que atenderá tu trámite.

3.       Recibe el escrito libre sellado como acuse de recibo.

4.       Si no cumples con alguno de los puntos señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? dentro del plazo de 20 días siguientes a la recepción de tu solicitud, se te podrá requerir información adicional, misma que deberás entregar dentro del plazo de 15 días siguientes a aquel en que se te notifique dicho requerimiento. Si no lo haces dentro de dicho plazo o la proporcionas de manera incompleta, se rechazará tu solicitud de reducción de multas, y será necesario que presentes una nueva solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.       Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que se debe señalar:

·      Nombre, denominación, o razón social de la empresa si eres persona moral.

·      Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·      Clave en el RFC.

·      Domicilio para oír y recibir notificaciones.

·      Señalar la autoridad a la que te diriges.

·      Los hechos y circunstancias relacionados con el propósito de la promoción, acompañados con los documentos e información que los soporten.

·      Dirección de correo electrónico.

·      Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

Adicionalmente, deberás manifestar bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:

·      Que no estás o no has estado sujeto a una causa penal en la que se haya dictado sentencia condenatoria por delitos de carácter fiscal y esta se encuentre firme, así como el representante legal, administrador único, o socios, si se trata de una persona moral, deberá señalar el nombre y RFC de cada uno de ellos.

·      Que un acto administrativo conexo no sea materia de impugnación, o bien, de un procedimiento de resolución de controversias establecido en los tratados para evitar la doble tributación en los que México sea parte.

·      El monto del adeudo, la contribución, periodo al que corresponde, periodo que comprende la actualización, desde el mes en que se debieron pagar y hasta aquel en que se solicite la reducción de multas conforme al artículo 70-A del CFF, así como el monto por el cual se solicita la reducción, y en su caso, la solicitud del pago en parcialidades.

·      El monto de los accesorios causados, identificando la parte que corresponda a recargos, multas y otros accesorios

Ø En el caso de otorgarse una reducción parcial, deberá realizar el pago de la parte no reducida en un plazo de 15 días.

Ø Una vez autorizada la reducción, deberás pagar en una sola exhibición el adeudo restante o cumplir puntualmente con el pago a plazos de los mismos, si así lo solicitaste.

2.       Documentos que comprueben haber dado cumplimiento a los requerimientos realizados por las autoridades fiscales en los últimos tres ejercicios fiscales anteriores a la fecha en que se te determinó la sanción.

3.       Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

4.       Tener habilitado el Buzón Tributario.

En caso de representación legal:

5.       Poder notarial para acreditar la personalidad jurídica del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

6.       Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

          *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Contar con Contraseña en caso de que el trámite se presente en Mi portal.

·      En el caso que, en los últimos tres años, derivado del ejercicio de facultades de comprobación te hayan determinado diferencias a tu cargo en el pago de impuestos y accesorios, estas no sean superiores al 10% respecto de las que declaraste o tratándose de pérdidas fiscales, no sean mayores al 10% de las realmente sufridas.

·      No haber incurrido en alguna de las agravantes a que se refiere el artículo 75 del CFF al momento en que las autoridades fiscales impongan la multa.

·      No estar sujeto al ejercicio de una o varias acciones penales, por delitos establecidos en la legislación fiscal o no haber sido condenado por delitos fiscales.

·      No haber solicitado en los últimos tres años el pago a plazos de contribuciones retenidas, recaudadas o trasladadas.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·      Ingresa al Portal del SAT, en la liga señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta, ingresa tu Número de Folio proporcionado y selecciona Buscar.

·      Presencial en la oficina del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en caso de no tener respuesta.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos y se te autorice la reducción, la autoridad emitirá la resolución correspondiente y el FCF, en caso contrario se te proporcionará acuse de respuesta con el motivo de improcedencia, los cuales te serán notificados de manera personal en tu domicilio fiscal, en Mi Portal o ante las oficinas de la autoridad fiscal.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

20 días.

15 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·      Acuse de recibo.

·      Resolución de autorización o no autorización.

·      En caso de que la solicitud sea procedente: FCF.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·      MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

        Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

        Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·      Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·      Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·      Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·      En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·      Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·      MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No procederá este beneficio cuando la autoridad fiscal te haya ejercido sus facultades de comprobación en más de una ocasión, en los tres ejercicios inmediatos anteriores a la fecha en que fue determinada la sanción y siempre que existan diferencias por créditos fiscales exigibles superiores a los porcentajes establecidos en el artículo 70-A, fracción II del CFF.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 19, 37, 70-A, 75 y 134 del CFF; 74 del RCFF; 8 de la LIF; Reglas 2.14.1., 2.14.2. y 2.14.3. de la RMF.

 

199/CFF Solicitud de reducción de multas y aplicación de tasa de recargos por prórroga cuando resulta improcedente alguna compensación.

Trámite       

Servicio      

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la reducción de multas y aplicación de tasa de recargos por prórroga por compensaciones improcedentes.

  Gratuito

  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·        Personas físicas.

·        Personas morales.

Cuando las autoridades fiscales te hayan determinado improcedente la compensación.

¿Dónde puedo presentarlo?

·        En el Portal del SAT:

          https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/17503/solicita-la-reduccion-de-tus-multas

·        En las Oficinas de Recaudación del SAT ubicadas en los domicilios señalados en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

          Los días y horarios siguientes: lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs. en la Oficialía de partes de Recaudación.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.       Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.       Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar Sesión.

3.       Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y requisita el formulario conforme a lo siguiente:

          En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción REDUCCIÓN DE MULTAS 70-A CFF; en Dirigido a: SAT; en Asunto: Reducción de Multas 70-A CFF; en Descripción: Solicitud de reducción de multas, señala brevemente el motivo, el o los periodos y monto(s) de las multas por las que solicitas la reducción; en Adjuntar Archivo: Elige en Examinar y selecciona los documentos digitalizados y comprimidos en formato ZIP que contienen la información que subirás señalados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar, selecciona Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio de la solicitud y tu acuse de recibo con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

4.       Revisa tu solicitud en un plazo de 20 días para verificar si se solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 15 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

5.       Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT y con el número de folio, verifica la respuesta ingresando en la liga: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

·       En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.

·       Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta.

·       Captura el número de folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud.

Ø  En caso de no contar con respuesta, acude a las Oficinas de la ADR, para recibir información adicional sobre la situación del trámite.

En forma Presencial:

1.       Acude a la ADR más cercana a tu domicilio fiscal con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.       Entrega la documentación solicitada al personal que atenderá tu trámite.

3.       Recibe el escrito libre sellado como acuse de recibo.

4.       Si no cumples con alguno de los puntos señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? dentro del plazo de 20 días siguientes a la recepción de tu solicitud, se te podrá requerir información adicional, misma que deberás entregar dentro del plazo de 15 días siguientes a aquel en que se te notifique dicho requerimiento. Si no lo haces dentro de dicho plazo o la proporcionas de manera incompleta, se rechazará tu solicitud de reducción de multas, y será necesario que presentes una nueva solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.       Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que se debe señalar:

·        Nombre, denominación, o razón social de la empresa si eres persona moral.

·        Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·        Clave en el RFC.

·        Domicilio para oír y recibir notificaciones.

·        Señalar la autoridad a la que te diriges.

·        Los hechos y circunstancias relacionados con el propósito de la promoción, acompañados con los documentos e información que los soporten.

·        Dirección de correo electrónico.

·        Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

Adicionalmente, deberás manifestar lo siguiente:

·        La Protesta de decir verdad de que no estás o no has estado sujeto a una causa penal en la que se haya dictado sentencia condenatoria por delitos de carácter fiscal y esta se encuentre firme, así como el representante legal, administrador único, o socios, si se trata de una persona moral, deberá señalar el nombre y RFC de cada uno de ellos.

·        La Protesta de decir verdad de que un acto administrativo conexo no se encuentra bajo un procedimiento de resolución de controversias establecido en los tratados para evitar la doble tributación de los que México es parte.

2.       Documentos que comprueben haber dado cumplimiento a los avisos, declaraciones, requerimientos y demás información que establecen las disposiciones fiscales en los últimos tres ejercicios fiscales.

3.       Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

4.     Tener habilitado el buzón.

En caso de representación legal:

5.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

6.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

          *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·        Contar con Contraseña en caso de que el trámite se presente en Mi portal.

·        En el caso de que, en los últimos tres años, derivado del ejercicio de facultades de comprobación te hayan determinado diferencias a tu cargo en el pago de impuestos y accesorios, estas no sean superiores al 10% respecto de las que declaraste o tratándose de pérdidas fiscales, no sean mayores al 10% de las realmente sufridas.

·        No haber incurrido en alguna de las agravantes a que se refiere el artículo 75 del CFF al momento en que las autoridades fiscales impongan la multa por la compensación improcedente.

·        No estar sujeto al ejercicio de una o varias acciones penales, por delitos establecidos en la legislación fiscal o no haber sido condenado por delitos fiscales, o bien, de un procedimiento de resolución de controversias establecido en los tratados para evitar la doble tributación de los que México es parte.

·        No haber solicitado en los últimos tres años el pago a plazos de contribuciones retenidas, recaudadas o trasladadas.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·        Ingresa al Portal del SAT, en la liga señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta, ingresa tu Número de Folio proporcionado y selecciona Buscar.

·        Presencial en la oficina del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, previa cita, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en caso de no tener respuesta.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos y se te autorice la reducción, la autoridad emitirá la resolución correspondiente y el FCF, en caso contrario se te proporcionará acuse de respuesta con el motivo de improcedencia, los cuales te serán notificados de manera personal en tu domicilio fiscal, en Mi Portal o ante las oficinas de la autoridad fiscal.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

20 días.

15 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·        Acuse de recibo.

·        Resolución de autorización o no autorización.

·        En caso de que la solicitud sea procedente: FCF.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·        MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

          Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

          Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·        Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

          https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

          Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·        Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·        Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·        En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·        Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·        MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No procederá este beneficio, cuando la autoridad fiscal te haya determinado improcedente la compensación en más de una ocasión, en los tres ejercicios inmediatos anteriores a la fecha en que te fue determinada la sanción y siempre que existan diferencias por créditos fiscales exigibles.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 19, 37, 70-A, 75 y 134 del CFF; 8 de la LIF; Regla 2.14.4. de la RMF.

 

200/CFF Solicitud de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF cuando te encuentras sujeto a las facultades de comprobación del fisco y optas por autocorregirte.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·      Personas físicas.

·      Personas morales.

A partir del momento en que inicien las facultades de comprobación de las autoridades fiscales y hasta antes de que venza el plazo señalado en el artículo 50, primer párrafo y 53-B, último párrafo del CFF.

¿Dónde puedo presentarlo?

·      En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/17503/solicita-la-reduccion-de-tus-multas

·      En las Oficinas de Recaudación del SAT ubicadas en los domicilios señalados en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: lunes a viernes de 8:00 a 14: 30 hrs. en la Oficialía de partes de Recaudación.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.     Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar Sesión.

3.     Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y requisita el formulario conforme a lo siguiente:

·      En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción REDUCCIÓN DE MULTAS 74 CFF SUJETOS A FACULTADES DE COMPROBACION; en Dirigido a: SAT; en Asunto: Reducción de Multas 74 CFF; en Descripción: Solicitud de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, señala brevemente el motivo, el o los periodos y monto(s) de las multas por las que solicitas la reducción; en Adjuntar Archivo: Elige en Examinar y selecciona los documentos digitalizados y comprimidos en formato ZIP que contienen la información que subirás señalados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar, selecciona Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio de la solicitud y tu acuse de recibo con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

4.     Revisa tu solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

5.     Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT y con el número de folio, verifica la respuesta ingresando en la liga: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

·      En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.

·      Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta.

·      Captura el número del folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud.

Ø En caso de no contar con respuesta, acude a las Oficinas de la ADR, para recibir información adicional sobre la situación del trámite.

En forma Presencial:

1.     Acude a la ADR que corresponda a tu domicilio con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.     Entrega la documentación solicitada al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe el escrito libre sellado como acuse de recibo.

4.     Si no cumples con alguno de los puntos señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? dentro del plazo de 10 días siguientes a la recepción de tu solicitud, se te podrá requerir información adicional, misma que deberás entregar dentro del plazo de 10 días siguientes a aquel en que se te notifique dicho requerimiento. Si no lo haces dentro de dicho plazo o la proporcionas de manera incompleta, se rechazará tu solicitud de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, y será necesario que presentes una nueva solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que se debe señalar:

·      Nombre, denominación, o razón social de la empresa si eres persona moral.

·      Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·      Clave en el RFC.

·      Domicilio para oír y recibir notificaciones.

·      Señalar la autoridad a la que te diriges.

·      Los hechos y circunstancias relacionados con el propósito de la promoción, acompañados con los documentos e información que los soporten.

·      Dirección de correo electrónico.

·      Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

Adicionalmente, deberás manifestar lo siguiente:

·      La Protesta de decir verdad de que no estás o no has estado sujeto a una causa penal en la que se haya dictado sentencia condenatoria por delitos de carácter fiscal y esta se encuentre firme, así como el representante legal, administrador único, o socios, si se trata de una persona moral, deberá señalar el nombre y RFC de cada uno de ellos.

·      La Protesta de decir verdad de que un acto administrativo conexo no se encuentra bajo un procedimiento de resolución de controversias establecido en los tratados para evitar la doble tributación de los que México es parte.

·      El número de operación de la declaración respectiva, fecha de presentación y la autoridad que está ejerciendo facultades de comprobación.

·      El monto del adeudo, tipo de contribución, periodo al que corresponde, periodo que comprende la actualización, desde el mes en que se debieron pagar y hasta aquel en que se solicite la reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, así como el monto por el cual se solicita la reducción, y en su caso, la solicitud del pago en parcialidades.

·      El monto de los accesorios causados, identificando la parte que corresponda a recargos, multas y otros accesorios.

Ø En el caso de otorgarse una reducción parcial, deberá realizar el pago de la parte no reducida en un plazo de 3 días.

Ø Una vez autorizada la reducción, deberás pagar en una sola exhibición el adeudo restante o cumplir puntualmente con el pago a plazos de los mismos, si así lo solicitaste.

2.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

3.     Constancia de notificación de la resolución mediante la cual se impuso la multa.

4.     Tener habilitado el Buzón Tributario.

En caso de representación legal:

5.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

6.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Contar con Contraseña.

·      Autocorregirte totalmente y a satisfacción de la autoridad.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·      Ingresa al Portal del SAT, en la liga señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta, ingresa tu Número de Folio proporcionado y selecciona Buscar.

·      Presencial en la oficina del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, previa cita, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en caso de no tener respuesta.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos y se te autorice la reducción, la autoridad emitirá la resolución correspondiente y el FCF, en caso contrario se te proporcionará acuse de respuesta con el motivo de improcedencia, los cuales te serán notificados de manera personal en tu domicilio fiscal, en Mi Portal o ante las oficinas de la autoridad fiscal.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT

solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·      Acuse de recibo.

·      Resolución de autorización o no autorización.

·      En caso de que la solicitud sea procedente: FCF.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 19, 37, 50, 74, 134 del CFF; Reglas 2.14.8. y 2.14.10. de la RMF.

 

201/CFF Aviso para que los contribuyentes que prestan servicios parciales de construcción destinados a casa habitación, sujetos a un procedimiento administrativo de ejecución, apliquen el beneficio de la reducción de IVA y sus accesorios causados hasta el 31 de diciembre de 2014.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita el beneficio de la reducción de créditos derivados del IVA y sus accesorios, causados hasta el 31 de diciembre de 2014, antes de que se lleve a cabo el remate a que se refiere el artículo 173 del CFF.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas o morales que prestan servicios parciales de construcción destinados a casa habitación, sujetos a un procedimiento administrativo de ejecución.

Antes de que las autoridades fiscales lleven a cabo el remate a que se refiere el artículo 173 del CFF.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar Sesión.

3.     Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y requisita el formulario conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción DECRETO22ENERO PAE IVACONSTRUC; en Dirigido a: SAT; en Asunto: Aplicación del beneficio de la reducción de IVA y sus accesorios causados hasta el 31 de diciembre de 2014; en Descripción: Solicitud de reducción de multas, señala brevemente el motivo, el o los periodos y monto(s) de las multas por las que solicitas la reducción; en Adjuntar Archivo: Elige en Examinar y selecciona los documentos digitalizados y comprimidos en formato ZIP que contienen la información que subirás, señalados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar, selecciona Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio de la solicitud y tu acuse de recibo con el que puedes dar seguimiento a tu Aviso, imprímelo o guárdalo.

4.     Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT y con el número de folio, verifica la respuesta ingresando en la liga: https://wwwmat.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

·      En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.

·      Selecciona la opción de Servicios por Internet / Aclaraciones / Consulta

·      Captura el Número de Folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que se debe señalar:

·      Nombre, denominación, o razón social de la empresa si eres persona moral.

·      Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·      Clave en el RFC.

·      Domicilio para oír y recibir notificaciones.

·      Señalar la autoridad a la que te diriges.

·      El propósito de la promoción.

·      Dirección de correo electrónico.

·      Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

Adicionalmente, deberás manifestar lo siguiente:

·      Que te apegas al beneficio establecido en el artículo Segundo del Decreto.

·      Que la contribución objeto del procedimiento administrativo de ejecución no fue trasladada ni cobrada al prestatario de los servicios.

·      Que solicitas la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución.

·      Qué importes de la contribución y accesorios, son susceptibles de gozar de la reducción.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Ingresa al Portal del SAT, en la liga señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta ingresa tu Número de Folio proporcionado y selecciona Buscar.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos y se te autorice la reducción, la autoridad emitirá la resolución correspondiente y el FCF para una autorización parcial, en caso contrario recibirás acuse de respuesta con el motivo por el que no se autorizó la reducción de IVA y sus accesorios causados hasta el 31 de diciembre de 2014.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·      Resolución de autorización, en caso contrario acuse de recepción.

·      Cuando se autorice la reducción parcial: FCF.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 37, 173 del CFF; Decreto por el que se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015.

 

202/CFF Aviso para la obtención de la manifestación del prestatario de los servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Manifiesta la opción de aplicar el estímulo fiscal por prestar servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los prestatarios de los servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

Cada vez que se realice contrato, verbal o escrito.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario.

https://wwwmat.sat.gob.mx/buzon

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Entra a buzón tributario, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

        Registra tu RFC y Contraseña o e.firma y elige Otros Trámites y Servicios; selecciona Autorizaciones y Aviso de manifestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa hab. (Forma 61) selecciona INICIAR.

2.     Requisita la forma 61, conforme a lo siguiente:

        Selecciona la casilla de verificación para expresar tu consentimiento; Captura la información de tus prestadores de servicios parciales de construcción como sigue: RFC del prestador de servicios; No. de licencia, permiso o autorización de construcción correspondiente al prestatario; No. de contrato por la prestación de servicios; fecha del contrato; la manifestación se realiza por cada uno de los contratos que celebres con el prestador del servicio y elige Enviar.

3.     Se genera el acuse de recibo que contiene el número de folio, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Enviar la manifestación en la forma oficial 61 denominada: Manifestación del prestatario para la aplicación del estímulo fiscal del IVA por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña o e.firma

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Una vez que manifiestes que los inmuebles en donde te son prestados los servicios parciales de construcción, por los prestatarios, son destinados a casa habitación y que es tu voluntad asumir la responsabilidad solidaria por el IVA que corresponda al servicio parcial de construcción proporcionado, en el caso de que altere el destino de casa habitación establecido en las licencias, permisos o autorizaciones correspondiente y captures la información de los prestatarios se te proporcionara el acuse de recibo correspondiente.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

Deberá proporcionar al prestador de los mencionados servicios, una representación impresa, así como un archivo electrónico de la manifestación.

Fundamento jurídico

Artículo 17-K del CFF; DECRETO DOF 26 de marzo 2015, Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF 2015, y reglas 2.2.6., 2.2.7. y 11.5.2 de la RMF.

 

203/CFF Informe mensual que deben presentar las personas físicas que presten servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

Trámite        

Servicio       

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta la información de ingresos exentos por servicios parciales de construcción de casa habitación.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas físicas que presten servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

En la fecha en la que deban presentar la declaración del IVA.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario.

https://wwwmat.sat.gob.mx/buzon

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Entra a buzón tributario, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

        Registra tu RFC y Contraseña o e.firma y elige Otros Trámites y Servicios; selecciona Autorizaciones / Presenta tu informe mensual de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa hab. (Forma 78) y selecciona INICIAR.

2.     Requisita la forma 78 conforme a lo siguiente:

        Selecciona del combo el periodo que corresponde a la declaración de IVA por el que aplicas el beneficio, el ejercicio y mes; Captura la información el total del ingreso del IVA del mes que declara los servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación a los que se les aplica el estímulo y elige Enviar.

3.     Se genera el acuse de recibo que contiene el número de folio, imprímelo o guárdalo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Enviar la información correspondiente a la Forma oficial 78 Información de ingresos exentos por servicios parciales de construcción de casa habitación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña o e.firma.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Una vez que envías la información de tus ingresos exentos por servicios parciales de construcción de casa habitación del periodo seleccionado, obtendrás tu acuse de recibo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 17-K del CFF; DECRETO DOF 26 de marzo de 2015, Segundo, Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF de 2015, y Reglas 2.2.6., 2.2.7. y 11.5.3. de la RMF.

 

204/CFF Aviso de aplicación del estímulo fiscal del IVA por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el aviso de aplicación del estímulo fiscal del IVA por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los contribuyentes que opten por aplicar el estímulo fiscal, por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

·      En el mes de enero de cada ejercicio fiscal por el que ejerzan dicha opción.

·      Tratándose de personas morales de reciente constitución o de personas físicas que inicien actividades empresariales, durante el mes siguiente a la fecha de su inscripción en el RFC.

·      Tratándose de personas físicas o morales que ya se encontraban inscritos en el RFC y que inicien las actividades económicas por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación posterior al mes de enero, durante el mes siguiente inmediato posterior a la fecha en que se den de alta dichas actividades en el RFC.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.

3.     Ingresa a los apartados Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y aparecerá un formulario.

4.     Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio en Trámite selecciona la opción SERV PARCIAL CONTRUC VIVIENDA; en Dirigido a: Administración Central de Operación de Padrones; en Asunto: SERVICIO PARCIAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA. Descripción: señala brevemente el motivo del aviso que presentas; Adjuntar Archivo: elige Examinar y selecciona los documentos digitalizados en formato PDF que contienen la información que subirás señalados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar; selecciona Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio del trámite y tu acuse de recibo con el que puedes dar seguimiento a tu aclaración, imprímela o guárdala.

5.     Para verificar la respuesta a tu aviso, ingresa al Portal del SAT y con el número de folio, verifica la respuesta ingresando en la liga: https://wwwmat.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

·      En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.

·      Selecciona la opción de Servicios por Internet / Aclaraciones / Consulta.

·      Captura el número de folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu aviso.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo con formato PDF que contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad, que optas por el estímulo fiscal a que se refiere el Artículo Primero del Decreto por el que se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Una vez enviado el aviso, la autoridad verificará que se cumplan los requisitos y en caso de ser así, se tendrá por presentado.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Decreto por el que se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015; Regla 11.5.4. de la RMF.

 

205/CFF (Se deroga)

 

206/CFF (Se deroga)

 

207/CFF (Se deroga)

 

208/CFF Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la autorización para operar como PCGCFDISP.

       Gratuito

       Pago de derechos

           Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales que deseen solicitar la autorización para operar como PCGCFDISP.

Cuando las personas morales requieran la autorización para operar como PCGCFDISP.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.       Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.       Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.       Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

          En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP SOLICITUD AUT; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Solicito autorización para operar como PCGCFDISP. Descripción: Solicito autorización para operar como PCGCFDISP, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.       Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.       Revisa tu caso de servicio o solicitud para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

·      Escrito en el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que cumple con los requisitos establecidos en la regla 2.7.4.2. de la RMF, el cual puedes obtener de la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/consulta/12550/que-es-un-proveedor-de-certificacion-y-generacion-de-facturas-electronicas-para-el-sistema-producto. Dicho escrito debe contener la firma autógrafa del representante legal de la persona moral solicitante.

·      Tratándose de personas morales que se constituyan conforme a la Ley de Organizaciones Ganaderas anexar imagen digitalizada de su acta constitutiva formalizada ante fedatario público y ante autoridades de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como constancia digitalizada de su registro ante dicha Secretaría (archivo digitalizado).

·      Tratándose de personas morales que sean integrantes de un Comité de Sistema Producto, en términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en la cadena de producción de primera enajenación y que organicen y representen a productores, deberán anexar imagen digitalizada del documento constitutivo formalizado ante fedatario público y documento expedido por autoridad competente de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural en el que conste que forma parte de un Comité Sistema Producto, digitalizado (archivo digitalizado).

·      En el caso de Asociaciones Agrícolas constituidas en términos de la Ley de Asociaciones Agrícolas, deberán anexar su acta constitutiva y estatuto autorizado por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, digitalizado y constancia digitalizada de su registro ante dicha Secretaría (archivo digitalizado).

·      Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos, contenido en el Anexo 29, fracción I de la RMF, debidamente firmado por el representante legal de la persona moral.

·      Documento que contenga la información de las personas y puestos funcionales que tendrán acceso a la información de los prestatarios del servicio y de sus operaciones comerciales, incluyendo la manifestación expresa de su aceptación para que dicho personal pueda ser objeto de evaluaciones de confiabilidad por parte del SAT (archivo digitalizado).

·      Este documento deberá integrar los datos correspondientes del personal designado como responsable de la operación tecnológica y como responsable de la operación del negocio, incluyendo la manifestación expresa para que dicho personal pueda ser objeto de evaluaciones por parte del SAT sobre los conocimientos referidos a la designación que les fue otorgada.

·      Acreditar la personalidad del representante o apoderado legal con poder notarial para ejercer actos de administración o dominio, de conformidad con el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, numerales 2 y 3 del presente Anexo.

·      Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (debidamente protocolizado ante notario o corredor público, adjuntando documentación que acredite su inscripción en el Registro Público de Comercio, o agrario en documento digital).

·      Identificación oficial, cualquiera de las señalas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo (documento digital).

Para efectos de obtener la validación y Opinión Técnica para operar como PCGCFDISP, deberás adjuntar a tu solicitud de autorización lo siguiente:

·      Diagrama de arquitectura tecnológica.

·      Facilitar los elementos para la realización de la evaluación y pruebas a los sistemas que ofrezcas para la prestación del servicio de certificación de CFDI conforme a los requerimientos establecidos en la RMF y sus anexos.

·      Demostrar que cumples con la matriz de control publicada en el Portal del SAT en https://www.sat.gob.mx/personas/resultado-busqueda?words=matriz+de+control&locale=1462228413195&tipobusqueda=predictiva en el apartado Documentos, elige en el símbolo + aplicable a proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario; anexando al documento digitalizado dicha matriz de control, firmada al calce y rubricada en todas sus hojas por el apoderado o representante legal de la persona moral, conteniendo la leyenda “Manifiesto que mi representada que cumple completamente con los puntos contenidos en esta matriz de control y que cuenta con evidencia del cumplimiento de cada uno de los puntos ahí expresados”, en la misma matriz se deberá indexar por control la evidencia.

·      Aceptar y colaborar con la visita de verificación que se realizará en el domicilio del centro de datos (en caso de ser aplicable) y de oficinas operativas estas últimas deberán estar registrados ante el RFC como tu domicilio fiscal y/o sucursal, por el personal que se designe por la ACSMC y facilitar los elementos para la realización de la evaluación y pruebas a los sistemas que ofrezcas para la prestación del servicio de certificación de CFDI conforme a los requerimientos establecidos en la RMF y sus anexos.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Tributar conforme al Título III de la Ley del ISR que estén legalmente constituidas al amparo de la Ley de Organizaciones Ganaderas, o Ley de Asociaciones Agrícolas, o; estén legalmente constituidas por productores agropecuarios o agroindustriales, así como aquellas que las organicen y que sean integrante de un Sistema Producto en términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

La persona moral y sus representantes o apoderados legales, socios, asociados, o cualquiera que sea su denominación, deberán cumplir con lo siguiente:

·      Contar con Contraseña.

·      Contar con e.firma.

·      Contar con buzón tributario activo.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

Sí. Para otorgar la autorización, el SAT realizará la validación de la identidad, domicilio, y, en su caso, sucursal o establecimiento y en general de la situación fiscal de la persona moral solicitante, de sus representantes o apoderados legales, socios, e integrantes, así como verificación tecnológica en el domicilio del centro de datos (en caso de ser aplicable) y de oficinas operativas.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos obtendrás tu autorización para operar como PCGCFDISP a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

6 meses.

6 meses.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·      Acuse de respuesta.

·      Posteriormente: Oficio de autorización, o en su caso, oficio con resolución negativa.

Durante los dos ejercicios fiscales siguientes a aquel en que se notifique el oficio de autorización.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·      MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

        Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

        Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·      Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·      Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_requisitos.htm

·      Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·      Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·      En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·      Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·      MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·      Cuando los solicitantes presenten la información de forma incompleta o con errores, o en caso de que se dude de la autenticidad de la documentación presentada, las autoridades fiscales requerirán al promovente en cualquier momento a fin de que en un plazo de 10 días, presente escrito dirigido a la ACGSTME ante la Oficialía de Partes de la AGSC, ubicada en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo IV, Segundo Piso, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, o bien, mediante correo certificado el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.

·      De no cumplirse con el requerimiento en tiempo y forma, la solicitud se tendrá por no presentada.

Fundamento jurídico

Artículos: 29, 29 Bis del CFF; Reglas 2.7.4.2., 2.7.4.5. y 2.7.4.11. de la RMF.

 

209/CFF (Se deroga)

 

210/CFF Avisos del proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

Trámite        

Servicio       

Descripción del trámite o servicio

Monto

Avisa algún cambio, modificación o actualización de datos como PCGCFDISP, así como cuando entre en proceso de liquidación, concurso mercantil o su órgano de dirección haya tomado acuerdo de extinción jurídica de la persona moral.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

Se presenta dentro del periodo según corresponda al tipo de aviso, conforme a lo siguiente:

a)     Aviso de actualización de datos del personal.

Dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se realice la baja o alta de personal, o bien; se realice el cambio o rotación de funciones del personal que tenga o haya tenido acceso a la información de los prestatarios del servicio y de sus operaciones comerciales o se hayan realizado cambios de designación del personal responsable de la operación tecnológica, así como de la designación de personal responsable de la operación del negocio.

b)     Aviso de cambios en la operación del PCGCFDISP.

Al menos quince días antes de que se genere alguno de los supuestos que se indican en el catálogo que se muestra a continuación, o veinticuatro horas siguientes a la realización de los mismos, cuando estos deriven de un incidente que no permita la operación del proveedor, señalando la fecha específica del cambio o actualización:

·     Cambio en servidores (hardware).

·     Integración de nuevo equipo (hardware).

·     Baja de equipo (hardware).

·     Cambio en equipos de red (hardware).

·     Modificación de código en la aplicación (software).

·     Alta, baja, cambio en la base de datos (software).

·     Cambio de centro de datos o proveedores.

·     Cambio en almacenamiento de Certificado.

·     Cambio de contactos tecnológicos.

·     Actualización de la dirección de la página de Internet donde presta el servicio de generación y certificación de CFDI.

·     Otros.

Dentro de los cinco días posteriores en los que se dé el supuesto:

·     Cambio de representante legal que promovió la solicitud de autorización.

Dentro de los treinta días siguientes a la obtención de la autorización:

·     El primer envío de contratos de prestación de servicios.

·     Dentro de los quince días siguientes en los que se dé el supuesto:

·     Modificación a los contratos de prestación de servicios.

c)     Aviso de información referente a la obtención de CESD.

Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la obtención del CSD en el Portal del SAT.

d)    Dentro de los tres días siguientes a aquel en que fue otorgada su autorización:

·     Cuando se trate de proporcionar datos complementarios del PCGCFDISP, para su publicación en el Portal del SAT.

·     Nombre comercial.

·     Máximo tres números telefónicos.

·     Domicilio Fiscal.

·     Sitio de Internet.

e)     Cuando se trate de actualización de los datos del PCGCFDISP, se deberá presentar el aviso tres días antes de que se realice el supuesto.

f)      Dentro de los cinco días posteriores al inicio o conclusión del proceso de liquidación, la declaratoria de concurso mercantil o la toma del acuerdo de extinción jurídica de la persona moral.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        Del inciso a) al e) del apartado ¿Cuándo se presenta?

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP AVISOS GENERICA; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Presento aviso como PCGCFDISP. Descripción: Presento aviso como PCGCFDISP, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

        Inciso f) del apartado ¿Cuándo se presenta?

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP AVISO EXTINCION; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Presento aviso de extinción de la persona moral autorizada para operar como PCGCFDISP. Descripción: Presento aviso como PCGCFDISP, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Documento en el que manifiestes el tipo de aviso de cambio o actualización que corresponda (archivo digitalizado).

2.     Tratándose del aviso de “Actualización de datos del personal”, anexar documento electrónico o documento en archivo digitalizado con la información del personal que deja de proporcionar el servicio o de operar la información de los prestatarios, así como la información del personal que se incorpora y que tendrá acceso a la información de los prestatarios y de sus operaciones comerciales, así como la información referente a la rotación de funciones del personal.

3.     En el caso de aviso de Cambios en la operación del PCGCFDISP, anexar documento con la información que se está actualizando. Tratándose de cambio de representante legal, anexar el documento que acredite la representación legal (archivo digitalizado).

4.     Tratándose del aviso de Información referente a la obtención de CESD, manifestar en documento el número de CSD que fue revocado y en su caso el número de CSD originado, anexando la evidencia generada en la aplicación “CertiSAT Web” (archivo digitalizado).

        Si quien promueve no tiene la personalidad reconocida en el expediente respectivo, deberá acompañar a su promoción la siguiente documentación digitalizada:

·      Documento que acredite la representación legal del promovente.

·      Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

5.     Tratándose de cambios tecnológicos relativos al Aviso de cambios en la operación del PCGCFDISP, el proveedor deberá enviar la información que acredite la implementación, a través del mismo caso de Servicio o Solicitud en el que dio el aviso previo, dentro de los cinco días posteriores a la realización del cambio. En el caso de los cambios por incidentes que no permitan la operación del proveedor, en el mismo aviso a que se refiere esta ficha de trámite deberá incluir la información que acredite la implementación realizada, debiendo entregar.

6.     Documento que contenga la manifestación de la persona moral sobre los cambios tecnológicos realizados, indicando razón social, RFC de la persona moral, número de oficio de la autorización vigente, fecha del cambio, precisando hora de inicio y término, así como las razones y motivos de dicho cambio; el documento deberá contar con la firma del representante legal de la persona moral y del contacto tecnológico y deberá anexar en archivo electrónico, lo siguiente (archivo digitalizado):

a.     Análisis de Riesgos.

b.     Plan de Seguimiento a Riesgos Detectados.

c.     Control de Cambios Autorizado.

d.     Plan de Pruebas Funcionales y Operacionales.

e.     Matriz de Escalamiento.

f.      Cronograma de actividades.

g.     Comunicado del cambio interno.

7.     Documento en donde conste la manifestación a partir de cuando inició o cuando concluyó el proceso de liquidación, concurso mercantil o extinción jurídica de la persona moral (archivo digitalizado).

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Ser PCGCFDISP.

·      Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos se actualizará tu información a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

 

Información adicional

En caso de que se dude de la autenticidad de la documentación digitalizada presentada, las autoridades fiscales requerirán al promovente a fin de que, en un plazo de 10 días, presente mediante escrito dirigido a la ACGSTME ante la Oficialía de Partes de la AGSC, ubicada en Avenida Hidalgo No, 77, Módulo 4, Segundo Piso, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, o bien, mediante correo certificado el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.

Fundamento jurídico

Artículos 29 Bis, 69 del CFF; Reglas 2.7.4.2., 2.7.4.3., 2.7.4.5., 2.7.4.10. y 2.7.4.12. de la RMF.

 

211/CFF Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

Trámite       

Servicio      

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la renovación de la autorización para operar como PCGCFDISP.

     Gratuito

     Pago de derechos Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario que deseen obtener la renovación de su autorización por dos ejercicios fiscales más.

En el mes de agosto, de conformidad con la regla 2.7.4.8. de la RMF.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP SOLICITUD RENOV; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Solicito renovación de la autorización para operar como PCGCFDISP Descripción: Solicito renovación de la autorización para operar como PCGCFDISP, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre que cumpla con los requisitos de los artículos 18 y 18-A del CFF que contenga la solicitud de renovación de autorización que contenga la siguiente manifestación: Que continuarás cumpliendo en todo momento por el ejercicio en que se renueve tu autorización, con los requisitos y obligaciones establecidos en las reglas 2.7.4.2. y 2.7.4.5. y 2.7.4.7. de la RMF (archivo digitalizado), el cual puedes obtener de la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/consulta/12550/que-es-un-proveedor-de-certificacion-y-generacion-de-facturas-electronicas-para-el-sistema-producto

        Dicho escrito debe contener la firma autógrafa del representante legal de la persona moral solicitante.

2.     Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos contenido en el Anexo 29, fracción I de la RMF, debidamente firmada por el representante legal (archivo digitalizado).

3.     Acreditar la personalidad del representante o apoderado legal con poder notarial para ejercer actos de administración o dominio, de conformidad con el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, numerales 2 y 3 del presente Anexo.

●      Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (documento digital).

●      Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

La persona moral

●      Contar con Contraseña y e.firma.

●      Contar con buzón tributario activo.

●      Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, en términos del artículo 32-D del CFF.

●      Encontrarse como localizada en el RFC.

●      Que no hayan interpuesto algún medio de defensa en contra del SAT, o bien, no formen o hayan formado parte, de manera directa o indirecta, de alguna persona moral que haya interpuesto algún medio de defensa en contra de la resolución a través de la cual se determinó no renovar, revocar o no otorgar la autorización como PCGCFDISP y cualquier acto conexo de las mismas.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

Sí. Para otorgar la autorización, el SAT realizará la validación de la identidad, domicilio y, en su caso, sucursal o establecimiento, y en general de la situación fiscal de la persona moral solicitante, de sus representantes o apoderados legales, socios, accionistas e integrantes, así como verificación tecnológica en el domicilio del centro de datos (en caso de ser aplicable) y de oficinas operativas.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos obtendrás tu renovación para operar como PCGCFDISP a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

3 meses.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

●      Acuse de respuesta.

●      Posteriormente: Oficio de renovación, o en su caso, Oficio con resolución negativa.

Durante los dos ejercicios fiscales siguientes a aquel en que se notifique el oficio de renovación.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

●      MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

        Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

        Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

●      Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

●      Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

●      Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

●      Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

●      En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

●      Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

●      MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

●      Cuando los solicitantes presenten la información de forma incompleta o con errores, el SAT podrá requerirles completarla o corregirla.

●      En caso de que se dude de la autenticidad de la documentación presentada, las autoridades fiscales requerirán al promovente a fin de que, en un plazo de 10 días, presente escrito dirigido a la ACGSTME ante la oficialía de partes de la AGSC, ubicada en Avenida Hidalgo No, 77, Módulo IV, Segundo Piso, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, o bien, mediante correo certificado el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.

Fundamento jurídico

Artículos: 29, fracción IV, 29 Bis y 141 del CFF; Reglas 2.7.4.2., 2.7.4.5. y 2.7.4.8. de la RMF.

 

212/CFF (Se deroga)

 

213/CFF (Se deroga)

 

214/CFF Aviso para dejar de operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario y como proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Trámite        

Servicio       

Descripción del trámite o servicio

Monto

Avisa que deseas dejar de operar como PCGCFDISP y dejar de prestar sus servicios o como PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales:

a)     Que cuenten con autorización para operar como PCGCFDISP.

b)     PCCFDI que opera en el esquema PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Al menos treinta días anteriores a la fecha y hora en que desea dejar de operar y prestar el servicio.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        a) Proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP AV DEJAR SIN EFECTOS; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Solicito dejar sin efectos la autorización de PCGCFDISP. Descripción: Solicito dejar sin efectos la autorización de PCGCFDISP, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

        b) Proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCECFDI AVISO DEJAR DE OPERAR; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Manifiesto que es mi voluntad dejar de operar como PCECFDI. Descripción: Manifiesto que es mi voluntad dejar de operar como PCECFDI, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a)     PCGCFDISP.

1.     Documento en donde manifiestes a partir de cuándo dejas de operar y prestar el servicio (archivo digitalizado).

2.     Documento electrónico o documento en archivo digitalizado que contenga una ruta crítica o cronograma de actividades con los plazos y las acciones para dar cumplimiento a las obligaciones del periodo de transición y de la regla 2.7.4.13. de la RMF.

3.     Documento de los acuerdos y convenios efectuados con otros proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario, a los que transfieras los servicios otorgados a sus prestatarios, en su caso (archivo digitalizado).

b)     PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios

1.     Documento en donde manifiestes la fecha y hora en la que dejarás de operar y prestar el servicio (archivo digitalizado).

2.     Documento de los acuerdos y convenios efectuados con otros proveedores de certificación de expedición de CFDI, a los que transfieras los servicios otorgados a sus prestatarios, en su caso (archivo digitalizado).

¿Con qué condiciones debo cumplir?

a)     Proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

·      Contar con autorización para operar como PCGCFDISP.

·      Contar con Contraseña.

b)     PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios

·      Ser PCCFDI que opere en el esquema de PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

·      Contar con e.firma.

·      Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·      En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·      Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·      Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos se actualizará tu información a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 29, fracción IV y 29 Bis del CFF; Reglas 2.7.2.14., 2.7.2.18., 2.7.4.2. y 2.7.4.13. de la RMF.

 

215/CFF Informe de apoderados legales y domicilio autorizados para recibir requerimiento de pago.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Da a conocer los cambios de domicilio y/o de nombres de apoderados legales designados por las instituciones autorizadas para emitir fianzas fiscales, para recibir requerimientos de pago.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Representantes legales de las instituciones autorizadas por la SHCP para emitir fianzas fiscales.

·      Con 15 días de anticipación a la fecha en que surtan efectos los cambios de:

Ø Apoderados legales designados para recibir requerimientos de pago.

Ø Domicilios designados para la recepción de requerimientos de pago.

¿Dónde puedo presentarlo?

En la oficialía de partes de la Administración Central de Cobro Persuasivo y Garantías de la AGR, sita en Avenida Paseo de la Reforma No. 10, Torre Caballito, piso 15, Colonia Tabacalera, C.P. 06030, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

Los días y horarios siguientes: lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma presencial:

1.     Acude a la oficina del SAT señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.     Entrega la documentación solicitada al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe el escrito libre sellado como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre en dos tantos que debe contener:

·    Nombre del apoderado legal autorizado que recibirá los requerimientos de pago;

·    Domicilio en el que el apoderado legal autorizado recibirá los requerimientos de pago;

·    Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa a la que corresponde el domicilio señalado para recibir requerimientos de pago.

·    Fecha en que surtirá efectos el cambio de apoderado legal autorizado; y/o el domicilio para la recepción de requerimientos de pago.

Para el representante legal:

2.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público (original y copia simple para cotejo).

3.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

*Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2 Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En forma personal en la oficina del SAT en la que presentaste tu solicitud.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si presentaste tu escrito con los requisitos solicitados se tendrá por cumplido tu informe.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT  solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir  con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

Atención personal en la oficina del SAT en la que presentaste tu solicitud.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

En caso de no presentar tu informe en el plazo establecido, los requerimientos serán notificados en el último domicilio señalado.

Fundamento jurídico

Artículos: 141, 143 del CFF; 80 del RCFF; Regla 2.12.6. de la RMF.

 

216/CFF Informe del consentimiento para facturar por un proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

Trámite        

Servicio       

Descripción del trámite o servicio

Monto

Informa sobre el consentimiento de las personas físicas para que realices su inscripción y sean habilitados para expedir CFDI para el sector primario.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

Durante el mes siguiente a la fecha de firma del consentimiento de la persona física al PCGCFDISP, para ser inscrito en el RFC y ser habilitado para expedir CFDI.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP INF CONS INCS FAC T; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Consentimiento para ser inscrito en el RFC y habilitado para facturar por un PCGCFDISP. Descripción: Consentimiento para ser inscrito en el RFC y habilitado para facturar por un PCGCFDISP, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás, así como el archivo .txt y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Descargar formato electrónico del Portal del SAT, el cual, puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461173812672&ssbinary=true

2.     Manifestación del consentimiento de la persona física del sector primario para que el PCGCFDISP realice su inscripción en el RFC (archivo digitalizado).

3.     Archivo con extensión.TXT, mismo que debe cumplir con las siguientes características:

·      Nombrar el archivo como RFC ddmmaaaa_consecutivo, donde:

El RFC se refiere a la clave en el RFC del PCGCFDISP.

ddmmaaaa significa: día (dd), mes (mm) y año (aaaa) de la fecha de generación del archivo.

Consecutivo: número consecutivo del archivo en dos dígitos.

Por ejemplo: XAXX010101AAA07072012_01

·      Sin tabuladores.

·      Se deberá manejar únicamente en mayúsculas.

·      El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII) en formato UTF-8.

·      La información del archivo deberá contener los siguientes veinte campos delimitados por pipes “|” entre cada columna:

      Primera columna. - CURP a 18 posiciones.

      Segunda columna. - Primer apellido.

      Tercera columna. - Segundo apellido (no obligatorio).

      Cuarta columna. - Nombre(s).

      Quinta columna. - Fecha de inicio de operaciones en el siguiente formato DD/MM/AAAA.

      Sexta columna. - Clave en el RFC del proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario a 12 posiciones.

      Séptima columna. - Correo electrónico válido de la persona física (no obligatorio).

      Octava columna. - Número telefónico válido a diez dígitos de la persona física (no obligatorio).

      Novena columna. - Clave de la actividad productiva agrícola, silvícola, ganadera o pesquera preponderante que realizan conforme al “Catálogo de Actividades Económicas” contenido en el Anexo 6 de la RMF.

      Décima columna. – Calle.

      Décima primera columna. - Número exterior.

      Décima segunda columna. - Código Postal.

      Décima tercera columna. – Colonia.

      Décima cuarta columna. – Localidad.

      Décima quinta columna. - Municipio o Demarcación Territorial.

      Décima sexta columna. - Número interior (no obligatorio).

      Décima séptima columna. - Entidad Federativa.

      Décima octava columna. - Entre calle 1.

      Décima novena columna. - Entre calle 2.

      Vigésima columna. - Referencias adicionales.

·      Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la tercera y séptima columna (sólo si no se cuenta con el dato del segundo apellido y/o correo electrónico).

·      La información deberá enviarse en archivos de texto plano, comprimidos en formato ZIP.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·      En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·      Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·      Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

·      La autoridad validará la información, si es procedente la solicitud se realiza la inscripción de las personas físicas y recibes Acuse de respuesta.

·      En caso contrario, en el mencionado Acuse de respuesta se indica el motivo por el cual no procedió la solicitud.

·      Cumplidos los requisitos habilitará a las personas físicas para facturar por un PCGCFDISP.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

1 mes.

10 días.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·      MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·      Atención personal en las oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·      Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·      Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·      Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·      En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·      Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·      MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 27, 29 Bis del CFF; Reglas 2.4.13., 2.7.4.1. de la RMF.

 

217/CFF (Se deroga)

 

218/CFF Solicitud de ofrecimiento de garantía del interés fiscal para adeudos parcializados a través de la modalidad de embargo de la negociación en la vía administrativa.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Garantiza tu adeudo parcializado, a través de embargo de la negociación en la vía administrativa.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·      Personas físicas.

·      Personas morales.

Cuando incumplas con el pago de dos parcialidades en tiempo y monto.

¿Dónde puedo presentarlo?

En las Oficinas de Recaudación del SAT ubicadas en los domicilios señalados en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a viernes de 8:30 a 15:00 hrs. en la Oficialía de partes de Recaudación.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma Presencial:

1.     Acude a la ADR que corresponda a tu domicilio con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.     Entrega la documentación solicitada al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe el escrito libre sellado como acuse de recibo.

4.     Si no cumples con alguno de los puntos señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, dentro del plazo de 15 días siguientes a la recepción de tu solicitud, se te podrá requerir información adicional, misma que deberás entregar dentro del plazo de 15 días siguientes a aquel en que se te notifique dicho requerimiento. Si no lo haces dentro de dicho plazo o la proporcionas de manera incompleta, se rechazará tu solicitud, y será necesario que presentes una nueva.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que señales:

·      La modalidad de garantía que ofreces.

·      El nombre, denominación o razón social de la empresa si eres persona moral.

·      Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·      Clave en el RFC.

·      Señalar la autoridad a la que te diriges.

·      El propósito de la solicitud de ofrecimiento, ampliación o sustitución de garantía del interés fiscal y solicitud de avalúo (en caso de ofrecimiento de bienes) o avalúo practicado por personas autorizadas.

·      Dirección de correo electrónico.

·      Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

2.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

3.     Adjunta a tu escrito libre, el Formato de garantía con los anexos correspondientes a la garantía ofrecida a través de embargo de la negociación en la vía administrativa, mismo que puedes obtener en la siguiente liga https://www.sat.gob.mx/tramites/17183/garantiza-tus-adeudos-fiscales

4.     El Formato para el pago contribuciones federales con línea de captura para el pago de gastos de ejecución por ofrecimiento de garantía, mismo que podrás solicitar vía telefónica a MarcaSAT: 55 627 22 728 o, que te pueden proporcionar en la oficina del SAT de Recaudación donde realizaste tu trámite.

        En caso de ser representante legal:

5.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

6.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En forma Presencial:

En la oficina de Recaudación en la que presentaste tu solicitud, con el acuse de presentación.

Sí, la ADR que conozca del trámite llevará a cabo una inspección física del bien que se ofrece en garantía, para tener certeza de su existencia y condiciones.

Resolución del trámite o servicio

·      Si cumples con los requisitos la autoridad, ante la cual presentaste tu trámite, emitirá resolución de aceptación misma que te será notificada en términos del artículo 134 del CFF.

·      En caso de rechazo de la garantía, se te revocará el pago en parcialidades y se procederá al cobro total de tu adeudo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

15 días.

15 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·      Acuse de recibo.

·      Resolución de aceptación o no aceptación.

·      Anual

Una vez aceptada la garantía y hasta en tanto no se cubra el adeudo o este quede sin efectos, la garantía deberá ampliarse cada año para que cubra el importe del crédito actualizado y sus recargos.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 19, 66, 66-A, 134, 141, fracción V del CFF; 85 y 86 del RCFF; Regla 2.11.1. de la RMF.

 

Tabla 32 GARANTIAS FISCALES

Parte aplicable al embargo en vía administrativa de la negociación

Requisitos Obligatorios de acuerdo al tipo garantía para concluir el trámite ante la oficina del SAT de Recaudación:

Embargo en Vía Administrativa

Persona Física

Persona Moral

d) negociación:

 

 

Original o copia certificada por fedatario público del acta constitutiva de la negociación debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

 

X

Comprobante de pago de los gastos de ejecución.

X

X

Original del avalúo de el(los) bien(es) ofrecido(s), emitido por persona autorizada, mismo que deberá incluir reporte fotográfico que permita la plena identificación de el(los) bien(es) valuado(s); o, en su caso, solicitud para elaborar avalúo de la negociación ofrecida en garantía, especificando los datos de la persona que acompañará al perito valuador en la revisión física.

X

X

Inventario de los bienes que ofrece con descripción detallada según las características propias del bien [Tipo de bien (nombre genérico que lo caracteriza), No. de factura, cantidad, marca, modelo, No. de serie, tipo de material] y señalar el domicilio en el que se ubican.

X

X

Estados financieros, que reflejen la situación de la sociedad.

X

X

Balance general que refleje la situación de la sociedad.

X

X

Original del certificado de libertad de gravamen expedido por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio vigente a la fecha de presentación del ofrecimiento (3 meses).

X

X

Manifestación bajo protesta de decir verdad si el(los) bien(es) ofrecido(s) garantizan otros adeudos y en su caso, mencionar el número de resolución.

X

X

Original o copia certificada del poder para actos de dominio a través del cual el representante legal acredite la personalidad y facultades para disponer de el(los) bien(es) ofrecido(s) en garantía.

X

X

En caso de ofrecimiento del embargo en la vía administrativa de la negociación por el pago a plazos de adeudos fiscales, además deberás precisar:

a)     Los bienes de activo fijo que integran la negociación, así como el valor de los mismos, pendiente de deducir en el ISR, actualizado desde que se adquirieron y hasta el mes inmediato anterior a la presentación de la garantía.

b)     Las inversiones que de la contribuyente o el contribuyente tenga en terrenos, los títulos valor que representen la propiedad de bienes y los siguientes activos:

        1. Otros títulos valor.

        2. Piezas de oro o de plata que hubieren tenido el carácter de moneda nacional o extranjera y las piezas denominadas “onzas troy”.

        3. Cualquier bien intangible, aun cuando se trate de inversiones o bienes que no estén afectos a las actividades por las cuales se generó el crédito fiscal, especificando las características de las inversiones que permitan tu identificación.

c)     Los gravámenes o adeudos provenientes de ingresos que la federación debió percibir, con excepción de adeudos garantizados con prenda o hipoteca, de alimentos, de salarios devengados en el último año o de indemnizaciones a los trabajadores que reporte la negociación, indicando el importe del adeudo y sus accesorios reclamados, así como el nombre y el domicilio de sus acreedores.

 

X

 

219/CFF     (Se deroga)

 

220/CFF Solicitud de Certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificación.

Trámite        

Servicio       

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita el CSD para operar como proveedor de certificación, así como cuando se encuentre en riesgo la confidencialidad y el buen uso del CSD, haya concluido su vigencia o este próximo a concluir.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales autorizadas para operar como proveedores de certificación:

·      De CFDI.

·      De certificación y generación de CFDI para el sector primario.

a)     Una vez obtenida la autorización para operar como proveedor de certificación, haber cumplido todos los requisitos formales.

        Así como, haber presentado la garantía a que se refiere la ficha de trámite 112/CFF “Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI”, excepto en el caso de los proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

b)     Cuando se considere que está en riesgo la confidencialidad y el buen uso del CSD, así como cuando haya concluido su vigencia.

c)     Cuando el CSD se encuentre próximo a concluir su vigencia.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        a) Proveedor de certificación de CFDI.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCCFDI SOLICITUD CSD; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Solicito CSD del SAT para operar como PCCFDI. Descripción: Solicito CSD del SAT para operar como PCCFDI, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

        b) Proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP SOLICITUD CSD; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Solicito CSD del SAT para operar como PCGCFDISP. Descripción: Solicito CSD del SAT para operar como PCGCFDISP, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre en donde solicite la generación del CSD del SAT, manifestando y/o solicitando o adjuntando lo siguiente (archivo digitalizado:

1.     Tratándose del inciso a) del apartado de ¿Cuándo se presenta?, los datos del oficio de otorgamiento de autorización para operar como proveedor de certificación.

2.     Tratándose del inciso b) del apartado de ¿Cuándo se presenta?, solicitar la revocación del CSD que se considera está en riesgo la confidencialidad y su buen uso, o que su vigencia haya concluido, indicando el número de Certificado a revocar y la fecha de vigencia del mismo, así como los motivos o razones por los cuales solicita la revocación y la generación de otro Certificado, adjuntando la documentación que considere necesaria para que la autoridad esté en posibilidad de emitir el otro Certificado.

3.     Tratándose del inciso c) del apartado de ¿Cuándo se presenta?, la solicitud de renovación del CSD deberá indicar el número de Certificado y la fecha de vigencia del mismo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·      En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·      Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·      Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos obtendrás tu CSD para operar como proveedor de certificación a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·      Acuse de respuesta.

·      Posteriormente CSD del SAT.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 28, fracción IV, 29, fracción IV, 29 Bis del CFF; Reglas 2.7.2.1., 2.7.2.15. y 2.7.4.2. de la RMF.

 

221/CFF (Se deroga)

 

222/CFF Solicitud de validación y opinión técnica para operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta tu solicitud para obtener la opinión técnica para ser PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales autorizadas para operar como proveedor de certificación de CFDI que deseen también operar el esquema de PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la ACSMC, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la ACSMC, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite.

4.     Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT dentro del plazo de 3 meses posteriores a la presentación del mismo, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion de acuerdo con lo siguiente:

·      En buzón tributario, captura tu RFC / Contraseña / Captcha o tu e.firma, selecciona el botón Enviar.

Ø En el apartado Mis expedientes / Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø Cuando cumples con los requisitos encontrarás Oficio de Opinión Técnica Favorable.

Ø En caso contrario emitirá Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre original y copia el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma, que deberá contener:

·      La solicitud de especificaciones técnicas para operar como PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios, señalando correo electrónico al que se harán llegar dichas especificaciones para validar las obligaciones en el RFC de contribuyentes de sectores que puedan emitir CFDI a través de un PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios, conforme a los supuestos contenidos en la RMF.

·      Realizar ajustes a su aplicación para que, tratándose de emisión de CFDI para sectores de contribuyentes, el CSD del emisor se sustituya por un CESD.

·      Realizar pruebas de funcionalidad de la aplicación.

2.     Copia certificada y copia simple para cotejo de la escritura pública o poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o apoderado legal.

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Ser PCCFDI con autorización vigente.

·      Contar con e.firma o Contraseña.

·      Contar con buzón tributario activo.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la ACSMC al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs. o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Sí, se realizará la validación de los aspectos técnicos requeridos para operar como PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Resultado del trámite o servicio

La ACSMC enviara por correo electrónico las especificaciones técnicas para operar como PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

La ACSMC verificará si cumples con todos los requisitos, condiciones, y especificaciones técnicas y emitirá Oficio de Oficio de Opinión Técnica Favorable u Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

Dentro del plazo de 3 meses.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

A la presentación del trámite:

·      Copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

·      En caso de cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica Favorable.

·      En caso de no cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·      Mediante llamada a la ACSMC al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·      Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

 

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 29, fracción IV, 29 Bis, 37, primer párrafo del CFF; Regla 2.7.2.14. de la RMF.

 

223/CFF Aviso de acceso a la herramienta de monitoreo de proveedor de certificación de expedición de CFDI.

Trámite        

Servicio       

Descripción del trámite o servicio

Monto

Proporciona los datos e información para el acceso a la herramienta de monitoreo.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales que cuenten con autorización para operar como PCCFDI y deseen también operar el esquema PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Cuando el PCCFDI deseé también operar el esquema PCECFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente se presenta el aviso y posteriormente se entrega la documentación, en la ACGSTME, ubicada en Conjunto Hidalgo, Paseo de la Reforma No. 37, Módulo V, Piso 2, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 18:00 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCECFDI HERRAMIENTA MONITOREO; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Aviso para manifestar información para el acceso a la herramienta de monitoreo. Descripción: Aviso para manifestar información para el acceso a la herramienta de monitoreo, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Entregar con escrito libre y en sobre cerrado, los siguientes datos de acceso a la herramienta de monitoreo:

1.     La dirección web.

2.     Un nombre de usuario.

3.     Una Contraseña.

4.     Impresión del manual de usuario.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Ser PCCFDI con autorización vigente.

·      Contar con e.firma.

·      Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·      En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·      Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·      Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

Cumplidos los requisitos se tendrá por presentado el Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 29, fracción IV, 29 Bis del CFF; Regla 2.7.2.14. de la RMF.

 

224/CFF (Se deroga)

 

225/CFF (Se deroga)

 

226/CFF (Se deroga)

 

227/CFF (Se deroga)

 

228/CFF Aviso de consentimiento del contribuyente para compartir información fiscal a Nacional Financiera y para que Nacional Financiera solicite información sobre las mismas a las sociedades de información crediticia.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el Aviso de consentimiento del contribuyente para compartir información fiscal a Nacional Financiera y para que Nacional Financiera solicite información sobre las mismas a las sociedades de información crediticia

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales que en el ejercicio fiscal inmediato anterior hayan declarado ingresos iguales o superiores a $2´000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.) y hasta $250’000,000 (Doscientos cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.)

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

·      Personas físicas:

        https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion

·      Personas morales:

        https://www.sat.gob.mx/empresas/iniciar-sesion

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Realiza los pasos que se te solicitan.

3.     Envía tu aviso.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Tributar conforme al Título II ó IV de la Ley del ISR.

2.     Contar con e.firma.

3.     Contar con buzón tributario.

4.     Estar al corriente en el envío de tu contabilidad electrónica en los últimos tres meses.

5.     Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma y Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

No aplica.

No aplica.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con todos los requisitos recibirás un Acuse de presentación de tu Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

No aplica.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias)

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo Séptimo, fracción I de las DTCFF publicado en el DOF el 18 de noviembre de 2015; Reglas 1.6., 2.2.6. y 2.1.42. de la RMF.

 

229/CFF Solicitud de logotipo oficial para proveedores de certificación de CFDI.

Trámite   

Servicio  

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como PCCFDI.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales proveedores de certificación de CFDI.

A más tardar dentro del mes siguiente a aquel en que hayas obtenido la autorización para operar como PCCFDI.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCCFDI SOL LOGO INSTITUCIONAL; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Solicito logotipo oficial como PCCFDI. Descripción: Solicito logotipo oficial como PCCFDI, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre en archivo digitalizado en el cual se solicite el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como PCCFDI, en dicho documento además deberá manifestar: Que cumplirá con las formalidades y especificaciones de la implementación y aplicación del logotipo oficial.

2.     Archivo digitalizado del documento de “Lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI y requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos”, contenido en el Anexo 29, fracción VII de la RMF, el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461174737970&ssbinary=true debidamente firmado por el representante legal, apoderado o representante orgánico de la persona moral.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Contar con autorización para operar como PCCFDI.

·      Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·      En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·      Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·      Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos obtendrás tu logotipo oficial de certificación de CFDI a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·      Acuse de respuesta.

·      Posteriormente: El logotipo oficial y el certificado del sitio de Internet.

Indefinida.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

 

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 29 Bis del CFF; 297 del CFPC; Reglas 2.7.2.1. y 2.7.2.8. de la RMF.

 

230/CFF Declaración Informativa de Operaciones Relevantes.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el formato 76 Información de Operaciones Relevantes para cumplir con la obligación establecida en el artículo 31-A del CFF.

      Gratuito

      Pago de derechos

          Costo

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·        Personas físicas.

·        Personas morales.

Trimestral: Dentro de los sesenta días siguientes a aquel en el que concluya el trimestre de que se trate, de acuerdo a lo siguiente:

·        La declaración del mes de enero, febrero y marzo el último día del mes de mayo.

·        La declaración del mes de abril, mayo y junio el último día del mes de agosto.

·        La declaración del mes de julio, agosto y septiembre el último día del mes de noviembre.

·        La declaración del mes de octubre, noviembre y diciembre el último día del mes de febrero del siguiente ejercicio al que corresponda.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/declaracion/11315/declaracion-informativa-de-operaciones-relevantes

Tratándose de las Operaciones Relevantes a que refieren los artículos 14-B, séptimo párrafo del CFF, 24, cuarto párrafo y 161, vigésimo párrafo de la Ley del ISR:

En forma presencial:

·        Ante la ACPPFGC de la AGGC, en la Oficialía de Partes de dicha unidad administrativa, sita en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México. De lunes a viernes de 8:00 a 14:30 horas, tratándose de contribuyentes que sean competencia de la referida Administración General.

·        Ante la ACPPH, de la AGH, en la Oficialía de Partes de dicha unidad administrativa, sita en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México. De lunes a viernes de 8:00 a 14:30 horas, tratándose de contribuyentes que sean competencia de la referida Administración General.

·        Ante la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal más cercana a tu domicilio, en la Oficialía de Partes de dicha Administración Desconcentrada. De lunes a viernes de 8:00 a 14:30 horas tratándose de contribuyentes que sean competencia de la AGAFF.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.       Ingresa al Portal del SAT, en la liga que se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR.

2.       Registra tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona la opción Enviar, o bien elige enviar la declaración seleccionando con la opción e.firma, selecciona Buscar para agregar tu Certificado y la Clave privada (archivos .cer y .key), captura tu Contraseña de clave privada y elige la opción Enviar.

3.       Selecciona el Ejercicio, el Tipo de periodo, Periodo y el Tipo de declaración; oprime el botón CONTINUAR.

4.       Captura la información requerida por el programa, concluida la captura selecciona Revisión de la declaración para generar la vista previa para su revisión y en caso de estar de acuerdo con la información que se presenta, realiza el envío eligiendo Enviar declaración.

5.       Una vez enviada la declaración, el sistema generará en PDF el acuse de recibo, el cual podrás descargar y conservar.

Tratándose de las Operaciones Relevantes a que refieren los artículos 14-B, séptimo párrafo del CFF, 24, cuarto párrafo y 161, vigésimo párrafo de la Ley del ISR.

En forma presencial:

1.       Acude a las Oficinas del SAT que se indican en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.       Entrega la documentación solicitada al personal que recibirá el trámite.

3.       Recibe y conserva un tanto del escrito libre con sello de autoridad como acuse de recepción.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Tratándose de las Operaciones Relevantes a que refieren los artículos 14-B, séptimo párrafo del CFF, 24, cuarto párrafo y 161, vigésimo párrafo de la Ley del ISR:

1.       Escrito libre que cumpla con lo señalado en los artículos 18 y 19 del CFF.

2.       Presentar información y documentación relacionada con las Operaciones relevantes que se hayan celebrado dentro del periodo de cinco años posteriores a una fusión, escisión o reestructuración de sociedades.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma o Contraseña, en caso de que el trámite se realice a través del Portal del SAT.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

En el Portal del SAT:

Si la captura de la información se realiza de forma completa, podrás realizar el envío de tu declaración y obtendrás un acuse de recibo.

En forma presencial:

Acuse de recibo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·        MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·         Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

·         Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·         Atención vía telefónica al 55 58 02 00 00 extensión 41633, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.

·        Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·        Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·        En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·        Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·        MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·        Para mayor información entra a la liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/11315/declaracion-informativa-de-operaciones-relevantes

·        Para cumplir con la obligación a que se refiere el artículo 31-A del CFF, los contribuyentes podrán presentar la forma oficial 76 Declaración informativa de operaciones relevantes, manifestando las operaciones que se hubieran celebrado en el trimestre de que se trate, conforme a lo siguiente:

Ø La declaración del mes de enero, febrero y marzo tiene como fecha límite de presentación el último día del mes de mayo del ejercicio que corresponda.

Ø La declaración del mes de abril, mayo y junio tiene como fecha límite de presentación el último día del mes de agosto del ejercicio que corresponda.

Ø La declaración del mes de julio, agosto y septiembre tiene como fecha límite de presentación el último día del mes de noviembre del ejercicio que corresponda.

Ø La declaración del mes de octubre, noviembre y diciembre tiene como fecha límite de presentación el último día del mes de febrero del siguiente ejercicio al que corresponda.

·        No se deberá presentar la forma oficial a que se refiere la regla 2.8.1.12., cuando el contribuyente no hubiere realizado en el periodo de que se trate las operaciones que en las mismas se describen.

·        Los contribuyentes distintos de aquellos que componen el sistema financiero en términos del artículo 7, tercer párrafo de la Ley del ISR, así como los obligados a dictaminar o que hayan optado por dictaminar sus estados financieros por contador público, en los términos del artículo 52 del CFF y que hayan cumplido con la presentación de dicho dictamen en tiempo y forma; quedarán relevados de declarar las operaciones cuyo monto acumulado en el ejercicio de que trate sea inferior a $60’000,000.00 (Sesenta millones de pesos 00/100 M.N.).

·        Las operaciones relevantes contempladas dentro de la forma oficial 76 son:

Ø Anexo I: Operaciones financieras establecidas en los artículos 20 y 21 de la Ley del ISR.

Ø Anexo II: Operaciones con partes relacionadas.

Ø Anexo III: Participación en el capital y residencia fiscal.

Ø Anexo IV: Reorganización y reestructuras.

Ø Anexo V: Otras operaciones relevantes. Cuando los contribuyentes presenten la información de forma incompleta o con errores, tendrán un plazo de 30 días contados a partir de la notificación de la autoridad para complementar o corregir la información presentada.

·        Tratándose de las Operaciones Relevantes a que refieren los artículos 14-B, séptimo párrafo del CFF, 24, cuarto párrafo y 161, vigésimo párrafo de la Ley del ISR, en el caso de que los contribuyentes acudan a las Oficinas del SAT, deberán presentar escrito libre firmado en dos tantos, que contenga la siguiente información:

Ø Descripción detallada del tipo de operación relevante realizada y las disposiciones jurídicas nacionales o extranjeras aplicables. Se entiende por descripción detallada, cada una de las etapas que integran la operación relevante de que se trate.

Ø Descripción detallada de los actos jurídicos llevados a cabo para realizar la operación relevante.

Ø Descripción detallada del beneficio fiscal obtenido o esperado.

Ø Nombre, denominación o razón social, clave en el RFC y cualquier otra información fiscal de las sociedades, de los socios o accionistas y de las figuras jurídicas que participaron en la operación relevante. En caso de que alguno de estos sea residente para efectos fiscales en el extranjero y no tenga clave en el RFC, se deberá indicar el país o jurisdicción de su residencia fiscal y constitución, así como su número de identificación fiscal y domicilio fiscal, o cualquier dato de localización.

Ø Fecha en que se llevó a cabo la operación relevante.

Ø Razón de negocios de la operación relevante.

Ø Monto de la operación.

Ø Organigrama del grupo donde se advierta el porcentaje de la participación en el capital social de los socios o accionistas, así como la tenencia accionaria directa o indirecta de las sociedades que integran el grupo antes y después de llevar a cabo la operación relevante.

Adicionalmente, los contribuyentes deberán presentar, de acuerdo con el tipo de operación relevante que lleven a cabo, la siguiente información y documentación:

1.       Cuando se transmita la propiedad, disfrute o uso de las acciones o de los derechos de voto o de veto en las decisiones de la sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, de la escindente, de la escindida o escindidas, según corresponda, o de voto favorable necesario para la toma de dichas decisiones:

a)     Indicar si la sociedad emisora de las acciones o derechos objeto de la operación relevante tiene el carácter de sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente o escindida.

b)    Señalar el nombre y clave en el RFC del socio o accionista que transmitió la propiedad, disfrute o uso de las acciones o derechos y del socio o accionista que adquirió dichas acciones o derechos.

c)     Señalar el tipo o serie de las acciones o derechos respecto de los cuales se transmitió la propiedad, disfrute o uso.

d)    Señalar el número y valor de las acciones o derechos transmitidos.

e)     Señalar cuál es el porcentaje que representan las acciones o derechos cuya propiedad, disfrute o uso fue transmitido, respecto del total de acciones o derechos de la sociedad objeto de la operación relevante.

f)     Señalar cuál fue la contraprestación obtenida por la transmisión de la propiedad, disfrute o uso de las acciones o derechos.

g)    Exhibir copia del contrato celebrado entre las partes que participaron en la operación relevante.

2.       Cuando se otorgue el derecho sobre los activos o utilidades de la sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, de la escindente, de la escindida o escindidas, según corresponda, en caso de cualquier tipo de reducción de capital o liquidación:

a)     Indicar si la sociedad que transmite los derechos sobre los activos o utilidades tiene el carácter de sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente o escindida.

b)    Señalar el valor de los derechos que fueron objeto de la operación, a la fecha en que la misma se llevó a cabo.

c)     En caso de que se haya otorgado el derecho sobre los activos de la sociedad, describir detalladamente dichos activos, indicando la fecha de adquisición, el monto original de la inversión, deducciones fiscales realizadas a la fecha en que se otorgó el citado derecho, así como su valor de mercado a dicha fecha.

d)    Señalar el nombre y clave en el RFC del socio o accionista que otorgó el derecho sobre los activos y utilidades y del socio o accionista que adquirió dicho derecho.

e)     Señalar cuál fue la contraprestación obtenida por el otorgamiento del derecho sobre los activos o utilidades.

f)     Exhibir copia del contrato celebrado entre las partes que participaron en la operación relevante.

3.       Cuando se disminuya o aumente en más del 30% el valor contable de las acciones de la sociedad emisora, fusionante, escindente, escindida o escindidas, según corresponda, en relación con el valor contable determinado de estas a la fecha de la solicitud de autorización para enajenar acciones a costo fiscal o para diferir el pago del ISR, o bien, de la fusión o escisión de sociedades, el cual se consignó en el dictamen respectivo:

a)     Indicar si la sociedad emisora de las acciones cuyo valor contable disminuyó o aumentó tiene el carácter de sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente o escindida.

b)    Señalar cuál es la causa que originó que el valor contable de las acciones disminuyera o aumentara en más del 30%.

c)     Señalar el valor contable de las acciones de la sociedad objeto de la operación relevante, determinado a la fecha de la solicitud de autorización para enajenar acciones a costo fiscal o para diferir el pago del ISR, o bien, de la fusión o escisión de sociedades, según corresponda, mismo que fue consignado en el dictamen.

d)    Señalar el valor contable de las acciones de la sociedad objeto de la operación relevante, después de llevar a cabo la operación relevante.

e)     Indicar si en la operación relevante participó una persona distinta de los socios o accionistas de las sociedades que formaron parte de la operación de fusión, escisión o reestructuración de sociedades.

4.       Cuando se disminuya o aumente el capital social de la sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente, escindida o escindidas, tomando como base el capital social consignado en el dictamen:

a)     Indicar si la sociedad cuyo capital social disminuyó o aumentó tiene el carácter de sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente o escindida.

b)    Señalar cuál es la causa que originó que el capital social disminuyera o aumentara. En caso de que derive de una aportación de capital, indicar el nombre y clave en el RFC del socio o accionista que realizó la aportación correspondiente.

c)     Señalar el monto del capital social de la sociedad objeto de la operación relevante, consignado en el dictamen presentado o elaborado con motivo de la autorización otorgada para enajenar acciones a costo fiscal o para diferir el pago del ISR, o bien, de la fusión o escisión de sociedades.

d)    Señalar el monto del capital social de la sociedad objeto de la operación relevante, después de llevar a cabo la operación relevante.

e)     Indicar si en la operación relevante participó una persona distinta de los socios o accionistas de las sociedades que formaron parte de la operación de fusión, escisión o reestructuración de sociedades.

f)     Indicar la cuenta o cuentas contables del capital que disminuyeron o aumentaron.

g)    En caso de disminución del capital social, indicar si los socios o accionistas originales ejercieron el derecho de preferencia.

5.       En aquellos casos en los que un socio o accionista que recibió acciones por virtud de la fusión o escisión, aumente o disminuya su porcentaje de participación directa o indirecta en el capital social de la sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente, escindida o escindidas, según corresponda, y como consecuencia de ello, aumente o disminuya el porcentaje de participación de otro socio o accionista de la sociedad emisora, fusionante, escindente, escindida o escindidas, según corresponda, tomando como base los porcentajes de participación en el capital social de dichos socios o accionistas consignados en el dictamen:

a)     Indicar si la sociedad objeto de la operación relevante tiene el carácter de sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente o escindida.

b)    Señalar cuál es la causa que originó que el porcentaje de participación en el capital social disminuyera o aumentara.

c)     Señalar los porcentajes de participación en el capital social de la sociedad objeto de la operación relevante, consignados en el dictamen presentado o elaborado con motivo de la autorización para enajenar acciones a costo fiscal o para diferir el pago del ISR, o bien, de la fusión o escisión de sociedades.

d)    Señalar cuáles son los porcentajes de participación en el capital social de la sociedad después de llevar a cabo la operación relevante.

6.       Cuando se cambie la residencia fiscal de los socios o accionistas que recibieron acciones de la sociedad fusionante, escindente, escindida o escindidas, según corresponda, o bien, de la sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente, escindida o escindidas, según corresponda, consignados en el dictamen.

a)     Indicar si la sociedad objeto de la operación relevante tiene el carácter de sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente o escindida.

b)    Señalar el país o jurisdicción de residencia fiscal de los socios o accionistas que recibieron acciones, después de llevar a cabo la operación relevante, así como su número de identificación fiscal y domicilio fiscal, o cualquier otro dato de localización.

c)     Señalar el país o jurisdicción de residencia fiscal de la sociedad objeto de la operación relevante después de llevar a cabo la misma, así como su número de identificación fiscal y domicilio fiscal, o cualquier otro dato de localización.

7.       Cuando se transmita uno o varios segmentos del negocio de la sociedad emisora, o de la sociedad adquirente o enajenante relacionado con uno o varios segmentos del negocio de la emisora, o bien, de la sociedad fusionante, escindente, escindida o escindidas, según corresponda, consignados en el dictamen:

a)     Indicar qué segmento o segmentos del negocio fueron transmitidos.

b)    Indicar si la sociedad objeto de la operación relevante tiene el carácter de sociedad emisora, adquirente, enajenante, fusionante, escindente o escindida.

c)     Señalar los segmentos de negocio y giro de la sociedad objeto de la operación relevante, consignados en el dictamen presentado o elaborado con motivo de la autorización otorgada para enajenar acciones a costo fiscal o para diferir el pago del ISR, o bien, de la fusión o escisión de sociedades.

d)    Señalar los segmentos de negocio y giro de la sociedad objeto de la operación relevante, después de llevar a cabo la misma.

e)     Indicar el porcentaje que representa cada segmento de negocio dentro de la sociedad objeto de la operación relevante, antes y después de llevar a cabo la misma.

f)     Señalar el nombre y clave en el RFC y país de residencia de la sociedad que adquirió el segmento o segmentos de negocio.

8.       En aquellos casos en los que la sociedad emisora, la sociedad adquirente y la sociedad enajenante dejen de consolidar sus estados financieros de conformidad con las disposiciones que las regulen en materia contable y financiera, o bien, que estén obligadas a aplicar:

a)     Señalar cuál es la causa que originó que la sociedad emisora, la sociedad adquirente y la sociedad enajenante dejaran de consolidar sus estados financieros.

b)    Indicar cuáles son las disposiciones que regulan a la sociedad emisora, a la sociedad adquirente y a la sociedad enajenante en materia contable y financiera, o bien, que están obligadas a aplicar.

Fundamento jurídico

Artículos: 14-B, 18, 19 y 31-A del CFF, 24 y 161 de la LISR; Regla 2.8.1.12. de la RMF.

 

231/CFF Solicitud de inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades.

Trámite        

Servicio       

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la inscripción y actualización de personas morales involucradas en una fusión.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

El representante legal de la sociedad fusionante.

Dentro del mes siguiente al día en que inicies operaciones.

¿Dónde puedo presentarlo?

En las oficinas del SAT, previa cita generada en:

·      Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/

·      Mi Portal:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

Sólo mediante Mi Portal puedes solicitar una cita dentro de los 20 días siguientes de la celebración de la asamblea de socios, seleccionando las opciones Servicios por internet / Servicio o Solicitudes / Solicitud, utilizando la etiqueta CITA FUSION, adjuntando la digitalización de los documentos que se mencionan en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, y especificando en el apartado de observaciones la oficina desconcentrada de tu preferencia; en un plazo máximo de 6 días recibirás la cita correspondiente (los horarios están sujetos a disponibilidad).

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.       Acude con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.       Entrega la documentación al personal que atenderá el trámite y proporciona la información que te solicite.

3.       Recibe al finalizar el trámite, los documentos que comprueban el registro del trámite.

·      En caso de que cumplas con los requisitos, se inscribe a la persona moral fusionante y recibes SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES y ACUSE ÚNICO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, se realiza la cancelación de la fusionada y recibes Acuse de información de trámite de actualización o cancelación al RFC y Forma oficial RX sellada y foliada como acuse de recibo.

4.       Para verificar el estado de la persona moral que se cancele derivado de la fusión:

·      Ingresa al Portal del SAT, transcurridos 45 días naturales posteriores a la presentación del trámite, para verificar que el aviso esté registrado, en: https://sat.gob.mx/consultas/operacion/44083/consulta-tu-informacion-fiscal de acuerdo a lo siguiente: registra en Mi Cuenta tu RFC, Contraseña y selecciona Iniciar sesión, en el apartado de Datos de Identificación, podrás consultar en el campo Situación si el aviso ya fue procesado, apareciendo el estado de Cancelado por fusión de sociedades.

·      Si la persona moral ya aparece cancelada, podrás generar la constancia de situación fiscal en la siguiente liga: https://sat.gob.mx/aplicacion/operacion/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal registra los datos de tu Contraseña o e.firma y selecciona Generar Constancia; imprímela o guárdala.

·      En caso de que, al realizar tu consulta, el estado de la persona moral a cancelar aún no esté actualizado, acude a la oficina del SAT donde presentaste el aviso, previa cita, para recibir información sobre la situación fiscal de la persona moral.

·      En un plazo máximo de 45 días recibirás, a través de buzón tributario, oficio por el que se harán de tu conocimiento, en su caso, las obligaciones fiscales pendientes de cumplir de la persona moral fusionada a la fecha de la fusión.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.       Forma Oficial RX Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes, la cual puedes obtener en la siguiente liga: https://wwwmat.sat.gob.mx/personas/resultado-busqueda?locale=1462228413195&tipobusqueda=predictiva&words=Formato+RX+editable (en dos tantos).

·      Elegir las opciones Normatividades / Formato RX (editable) y llenarla conforme a su sección de instrucciones, imprimirla y firmarla por el representante legal, en dos tantos.

2.       Documento notarial debidamente protocolizado en donde conste la fusión (copia certificada y copia simple para cotejo).

3.       Comprobante de domicilio, cualquiera de los señalados en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del presente Anexo (original y copia simple para cotejo).

4.       Identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, presente Anexo (original y copia simple para cotejo).

5.       Acuse de baja del padrón de actividades vulnerables, en caso de que la persona moral fusionada sea sujeto obligado por realizar actividades vulnerables (original y copia simple para cotejo).

6.       Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o fedatario público (original y copia simple).

7.       Documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

          *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

8.       En caso de personas morales que se creen a partir de una fusión, deben presentar la clave en el RFC válida, de cada uno de los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen, que se mencionen en el documento protocolizado que le dé origen.

9.       Manifestación por escrito que contenga las claves en el RFC válidas de los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen, en caso de que no se encuentren dentro del documento constitutivo (original).

10.     En el caso de personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, deben utilizar el siguiente RFC genérico:

·      Personas físicas: EXTF900101NI1.

·      Personas morales: EXT990101NI1.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Haber presentado la declaración anual de la sociedad fusionada.

·      Manifestación expresa de la sociedad que surja, bajo protesta de decir verdad de que, asume la titularidad de las obligaciones de las personas morales a cancelar, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

·      Contar con e.firma del representante legal.

·      Buzón tributario activo del representante legal.

·      La situación del domicilio fiscal debe ser localizado.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Presencial, en la oficina del SAT donde presentaste el aviso, con el número de folio que se encuentra en la forma oficial RX.

Sí, orden de verificación al domicilio donde conserva la contabilidad de la sociedad fusionada, para determinar su localización.

Resolución del trámite o servicio

·      Una vez presentado este aviso, con toda la documentación e información mencionada en la presente ficha de trámite, se considera que se cumple con el requisito establecido en el artículo 14-B, fracción I, inciso a) del CFF.

·      Si cumples con los requisitos y las condiciones, obtienes la inscripción en el RFC de la persona moral fusionante, así como la cancelación de la persona moral fusionada.

·      En un plazo máximo de 45 días, se envía a través de buzón tributario, oficio por el que se harán de tu conocimiento, en su caso, las obligaciones fiscales pendientes de cumplir de la persona moral fusionada.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Inscripción:

45 días.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·     Forma Oficial RX Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes, sellada.

·     SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

·     ACUSE ÚNICO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

·     Acuse de información de trámite de actualización o cancelación al RFC.

·     En su caso, oficio por el que se harán de tu conocimiento las obligaciones fiscales pendientes de cumplir de la persona moral fusionada.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

Para concluir la inscripción de la persona moral fusionante, deberás tramitar tu e.firma, para tales efectos, tendrás que traer una unidad de memoria extraíble (USB), con los requisitos de la ficha de trámite 312/CFF Solicitud de generación del Certificado de e.firma para personas morales”, del presente Anexo.

Fundamento jurídico

Artículos: 11, 14-B, 27, 69, 69-B del CFF; 22, 24, 29 del RCFF; 297 del CFPC; Reglas 2.4.3. y 2.4.11., fracción XI de la RMF.

 

232/CFF Aclaración de obligaciones de Fideicomisos no empresariales.

Trámite        

Servicio       

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presentación de la Aclaración de obligaciones de Fideicomisos no empresariales.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Fideicomisos que opten por no realizar actividades empresariales de acuerdo a la regla 3.1.15.

Cuando el contribuyente lo requiera.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Registra en Mi portal tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones Servicios por Internet / Aclaración / Solicitud y aparecerá un formulario.

4.     Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción FIDEICOMISOS NO EMPRESARIALES; en Dirigido a: Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente; en *Asunto Fideicomisos no empresariales; Descripción: Aclaración de obligaciones de Fideicomisos no empresariales; para anexar la documentación relacionada con el servicio elige el botón Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

        Ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 3 meses posteriores a la presentación del trámite, con el número de folio, para verificar la respuesta a tu aviso en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

        En Mi Portal, captura tu RFC e ingresa tu contraseña; selecciona la opción: Servicios por Internet / Aclaración / Consulta; captura el número del folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud.

5.     Si tu solicitud fue aceptada, recibes Acuse de respuesta que emite la autoridad fiscal.

6.     En caso de no contar con respuesta, acude a las Oficinas del SAT, previa cita para el servicio de orientación, para recibir información sobre la situación de tu trámite, generada en:

·      Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivos digitalizados que contengan:

·      El contrato del Fideicomiso y sus modificaciones.

·      Manifiesto en el que señale bajo protesta de decir verdad que se trata de un fideicomiso sin actividad empresarial y en su caso, señalar que por la actividad que desempeña es causante del IVA.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Contar con Contraseña.

·      Estar inscrito en el RFC.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT, con el número de folio ingresando a Servicios por Internet / Aclaración / Consulta.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará que cumplas con los requisitos y condiciones para emitir la respuesta correspondiente.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo y posteriormente, la respuesta electrónica a su solicitud de aclaración.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

 

Información adicional

Los archivos digitalizados deberán comprimirse en formato de almacenamiento ZIP y anexarlos al caso de aclaración.

Fundamento jurídico

Artículo 27 del CFF; Reglas 2.5.8. y 3.1.15. de la RMF.

 

233/CFF Consultas y autorizaciones en línea presentadas a través de organizaciones que agrupan contribuyentes.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Realiza consultas en línea a través de organizaciones que agrupan contribuyentes, sobre situaciones concretas que afecten a la generalidad de sus miembros o asociados.

      Gratuito

      Pago de derechos

          Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·        Asociaciones patronales.

·        Sindicatos obreros.

·        Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

·        Colegios de profesionales, así como los organismos que los agrupen.

·        Asociaciones civiles que de conformidad con sus estatutos tengan el mismo objeto social que las cámaras y confederaciones empresariales en los términos de la LISR.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/04870/consultas-y-autorizaciones-en-linea-presentadas-a-traves-de-organizaciones-que-agrupan-contribuyentes

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.       Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

2.       Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar.

3.       En caso de realizar un trámite por primera vez, lee los TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL SISTEMA DE CONSULTAS Y AUTORIZACIONES - CONDICIONES GENERALES, elige Acepto.

4.       Elige una de las opciones Autorizaciones o Consultas; en el apartado Modalidad despliega el catálogo y selecciona el trámite que deseas presentar y selecciona Siguiente.

5.       Paso 1 Datos del solicitante verifica que tus datos sean correctos, de no ser así, realiza el trámite correspondiente a través de los canales oficiales antes de continuar y de ser correctos selecciona Siguiente; Paso 2 Personas relacionadas, en su caso, captura el RFC de la persona autorizada para oír y recibir notificaciones, selecciona Buscar, a continuación, captura el teléfono a 10 dígitos, donde sea fácilmente localizable la persona, y elige Agregar; en caso de que no sea válido el RFC capturado, aparecerá un mensaje indicando que el RFC no se encontró en el sistema de RFC Ampliado, favor de ingresar sus datos, en este caso deberás capturar el correcto; el aplicativo te permite registrar un máximo de 5 personas para oír y recibir notificaciones, por lo que deberás repetir estos pasos hasta completarlas, aparecerá el nombre de las personas que agregaste, mismas que podrás eliminar de ser necesario si marcas el recuadro y seleccionas Eliminar. El formulario también te permite registrar los datos de las personas involucradas, por lo que, si requieres agregarlas, deberás seleccionar el tipo de persona: Persona física, Persona moral o Residente en el Extranjero, y capturar el RFC o Número de Identificación Fiscal y elige Agregar; el aplicativo te permite registrar un máximo de 5 personas involucradas, por lo que deberás repetir estos pasos hasta completarlas, aparecerá el nombre de las personas que agregaste, mismas que podrás eliminar de ser necesario si marcas el recuadro y seleccionas Eliminar, después elige Siguiente; el sistema te genera un número temporal, sin validez legal; sin embargo, te servirá para poder identificar la promoción. El número de asunto oficial será asignado al momento de que firmas la promoción, por lo que contarás con un plazo de 3 días naturales para concluir y firmar, en caso de no dar cumplimiento, la solicitud será eliminada; Paso 3 Ingresar datos de la promoción captura la siguiente información:

·        Monto de la operación u operaciones objeto de la promoción. En caso de que la operación no tenga monto, deja el campo en cero.

·        Señalar todos los hechos y circunstancias relacionados con la promoción, así como acompañar los documentos e información que soporten tales hechos o circunstancias. En caso de que el espacio sea insuficiente, adjunta un archivo en formato PDF con el resto de la información.

·        Describir las razones del negocio que motivan la operación planteada. En caso de que el espacio sea insuficiente, adjunta un archivo en formato PDF con el resto de la información.

6.       Elige Siguiente; Paso 4 Ingresar datos adicionales selecciona Sí o No a cada una de las situaciones planteadas, revisa la información capturada, y elige Siguiente; Paso 5 seleccionar documentos, escoge la documentación que adjuntarás, activando la(s) casilla(s) correspondiente(s) del listado que te muestre el aplicativo (por ejemplo: Ficha Técnica, Folleto, Diagrama, Documentación Relacionada, etc.) y elige Siguiente; Paso 6 Adjuntar documentos en Tipo de documento despliega el menú, selecciona el documento (por ejemplo: Ficha Técnica, Folleto, Diagrama Documentación Relacionada) y elige Adjuntar; selecciona el documento que acompañará a tu promoción, y elige Abrir. En seguida visualizarás un mensaje de Documento Adjuntado, selecciona Aceptar; el sistema mostrará un aviso, el cual indica que el Documento fue adjuntado correctamente. Para confirmar, elige Ver, repite Paso 6, Adjuntar documentos hasta que subas todos los archivos que sean necesarios, y elige Siguiente; Paso 7 Firmar promoción selecciona los archivos de tu e.firma (.cer y .key), captura tu contraseña de clave privada y elige Firmar; En seguida el sistema te va a generar en formato PDF: i) Acuse de recepción de promoción, el cual incluye el Número de Asunto con el cual podrás consultar el estatus de tu solicitud en cualquier momento, ii) Acuse de términos y condiciones y iii) Constancia de firmado electrónico de documentos.

7.       Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

En caso de que desees enviar documentación adicional, una vez que hayas registrado tu solicitud de autorización o consulta, ingresa a https://www.sat.gob.mx/tramites/login/01324/incrementa-la-informacion-de-tu-tramite-de-consulta-de-autorizacion-en-linea

1.       Selecciona INICIAR.

2.       Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; en el apartado Consultar Asunto, captura el Número de Asunto con el que quedó registrada tu solicitud y elige Buscar, también podrás realizar la búsqueda por Tipo de Asunto o por la Fecha de Recepción de la Promoción (Fecha Inicio y Fecha Fin).

3.       Para adjuntar documentación, elige sobre la solicitud, Consultar Documentos y en tipo de documento, selecciona Documentación Relacionada, selecciona Adjuntar; elige seleccionar, el documento y elige Abrir, en seguida selecciona Adjuntar, visualizarás un mensaje de Documento Adjuntado elige Aceptar; el sistema mostrará un aviso, el cual indica que el Documento fue adjuntado correctamente, para confirmar, selecciona en Ver, repite este paso hasta que hayas adjuntado todos los archivos que sean necesarios; por último, selecciona los archivos de tu e.firma (.cer y .key), captura tu contraseña de clave privada y elige Firmar, el sistema te va a generar en formato PDF:

i) Acuse de recepción de promoción; y

ii) Constancia de firmado electrónico de documentos.

4.       Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.       Los establecidos en los artículos 18 y 18-A del CFF.

2.       Documentación e información relacionados con el trámite que deseas presentar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·        Contar con Contraseña.

·        Contar con e.firma.

·        Contar con buzón tributario activo.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·        Ingresa al Portal del SAT, en la liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/login/01324/incrementa-la-informacion-de-tu-tramite-de-consulta-de-autorizacion-en-linea

          Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; en el apartado Consultar Asunto, captura el Número de Asunto con el que quedó registrada tu solicitud y elige Buscar, también podrás realizar la búsqueda por Tipo de Asunto o por la Fecha de Recepción de la Promoción (Fecha Inicio y Fecha Fin).

·        Una vez que la autoridad resuelva tu trámite, recibirás un aviso en los medios de contacto que registraste en el buzón tributario (mensaje de texto o correo electrónico) en donde se te indicará que tienes una notificación pendiente.

No.

Resolución del trámite o servicio

La resolución se te notificará a través de buzón tributario.

Pudiendo ser alguno de los siguientes oficios:

·        De requerimiento de información,

·        De negativa o confirmación de criterio,

·        De autorización o

·        De orientación jurídica.

En caso de estar amparado contra el uso de dicho buzón, la notificación se realizará de forma personal.

Transcurrido el plazo para que la autoridad emita la resolución correspondiente, en su caso, aplicará la negativa ficta.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

En cualquier momento mientras no se presente un desistimiento.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Oficio de resolución.

·        Tratándose de consultas, la resolución estará vigente en tanto no se modifiquen las disposiciones fiscales o los criterios de interpretación que sustentaron el sentido de la resolución.

·        Tratándose de autorizaciones, surtirán sus efectos en el ejercicio fiscal en el que se otorguen o en el ejercicio inmediato anterior, cuando se hubiera solicitado la resolución, y esta se otorgue en los 3 meses siguientes al cierre del mismo.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·        MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

·        Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·        Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·        Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·        Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·        En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·        Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·        MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

·        Las consultas a que se refiere esta ficha serán resueltas por las unidades administrativas adscritas a la AGGC y la AGH, cuando los organismos, asociaciones o agrupaciones, se integren en su totalidad por sujetos o entidades competencia de dichas Administraciones Generales, según corresponda.

·        La documentación e información deberás digitalizarla en formato PDF, evita que cada archivo exceda de los 4 MB.

·        Si el tamaño del archivo es mayor, deberás ajustarlo o dividirlo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas.

·        Evita adjuntar archivos con el mismo nombre.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-K, 18, 18-A, 33, 34, 36-Bis, 37, primer párrafo del CFF; Regla 2.1.40. de la RMF.

 

234/CFF Solicitud de entrega de excedentes del producto del remate o adjudicación.

Trámite        

Servicio       

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la entrega del excedente del bien rematado, en el caso de que existan excedentes después de haberse cubierto la totalidad del crédito fiscal y sus accesorios.

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales.

Excedentes de remate:

·      Dentro de los seis meses siguientes, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de la aplicación del producto del remate, al pago de los créditos fiscales.

Excedentes por adjudicación:

·      Cuando se realice la enajenación por el INDEP o cuando esta no se efectúe dentro de los veinticuatro meses siguientes a la firma del acta de adjudicación, el propietario del bien o su representante legal, deberán solicitar, la entrega del excedente dentro del plazo de seis meses contados a partir de transcurrido el plazo de veinticuatro meses.

¿Dónde puedo presentarlo?

En las Oficinas de Recaudación del SAT ubicadas en los domicilios señalados en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a viernes de 8:30 a 15:00 hrs. en la Oficialía de partes de Recaudación.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas del SAT citadas en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.     Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

4.     En un plazo máximo de 3 meses la autoridad podrá requerirte información adicional, contarás con 10 días para entregarla.

5.     La autoridad contará con un plazo máximo de 3 meses para resolver, a partir de que cumpliste con la totalidad de los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que se debe señalar:

·      Nombre, denominación o razón social.

·      Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·      Clave en el RFC.

·      Domicilio para oír y recibir notificaciones, si es el caso.

·      Señalar la autoridad a la que se dirige.

·      El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa.

·      Dirección de correo electrónico.

·      Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

·      Número de la subasta.

·      El número de cuenta bancaria para el pago.

·      El nombre de la Institución de crédito.

·      Fecha de solicitud.

·      Número de la subasta.

·      El número de clabe interbancaria (CLABE) al que se transferirán los recursos.

2.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo.

3.     Estado de cuenta bancario (copia simple y original para cotejo) con antigüedad no mayor a tres meses de su expedición, y de no contar con él, carta membretada de la institución de crédito que contenga la siguiente información:

·      Nombre, denominación o razón social del titular de la cuenta.

·      Domicilio del titular de la cuenta.

·      Nombre de la institución de crédito.

·      Número de sucursal.

·      Número de clabe Interbancaria Estandarizada (CLABE).

·      Clave en el RFC a 13 posiciones si es persona física o 12 si es persona moral, si se trata de contribuyentes.

·      Fecha.

·      Numero de plaza.

·      Número de cuenta bancaria.

4.     Contrato de apertura de la misma cuenta bancaria en la que se solicita el depósito de no contar con él, carta membretada de la institución de crédito que contenga:

·      Fecha de apertura.

·      Clabe Interbancaria Estandarizada (CLABE).

·      Clave en el RFC a 13 posiciones si es persona física o 12 si es persona moral, si se trata de contribuyentes.

·      Nombre, denominación o razón social del titular de la cuenta.

·      Domicilio del titular de la cuenta.

·      Nombre de la institución de crédito.

·      Número de sucursal.

·      Numero de plaza.

·      Número de cuenta bancaria.

En caso de ser representante legal:

5.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo).

6.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

7.     Manifestar bajo protesta de decir verdad que no le han sido revocadas dichas facultades.

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con CURP, en caso de personas físicas.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En la oficina del SAT donde realizaste tu trámite, con el acuse de recibo de tu escrito libre.

No.

Resolución del trámite o servicio

·      Si cumples con los requisitos, la autoridad ante la cual presentaste tu solicitud, emitirá resolución de autorización, en caso contrario, la resolución será de rechazo e indicará el motivo del mismo, en este caso, deberás volver a presentar el trámite.

·      La notificación de la resolución se realizará en términos del artículo 134 del CFF.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

3 meses.

10 días.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728

      Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 134, 196 del CFF; 113 del RCFF: Regla 2.13.16. de la RMF.

 

235/CFF Solicitud de Inscripción en el RFC por las Sociedades por Acciones Simplificadas.

Trámite      

Servicio     

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la inscripción en el RFC de una persona moral constituida como Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.).

    Gratuito

    Pago de derechos

        Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

El representante legal de la persona moral.

Cuando se firma el contrato constitutivo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal Gob.mx:

https://www.gob.mx/tuempresa

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingrese al enlace (URL) del Portal del SAT, citado en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Selecciona el menú Abre / Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).

3.     En el apartado Inicia tu trámite aquí selecciona la opción ¿Eres Ciudadano? ingresa tu e.firma y selecciona ingresar.

4.     Selecciona la opción Constitución de Sociedad de Acciones Simplificada / Persona Física.

5.     En caso de contar con una denominación previamente autorizada, presiona el botón Continuar para comenzar con el proceso de constitución de tu S.A.S.

6.     Llena los datos solicitados por el formulario electrónico y confirma la información.

7.     Obtén tu constancia de inscripción al RFC.

¿Qué requisitos debo cumplir?

No se requiere entregar documentación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·      Autorización de uso de Denominación vigente otorgada por la Secretaría de Economía.

·      Que alguno de los socios cuente con la autorización de la denominación de la sociedad que puedes obtener en línea.

·      Ingresos anuales que no excedan los 5 millones de pesos.

·      Los socios de la persona moral y el representante legal deberán contar con su Certificado de e.firma y estar inscritos y activos en el RFC.

·      Los accionistas sólo deben tener ese carácter por la sociedad que se constituye, sin poder simultáneamente ser accionistas de otro tipo de sociedad mercantil.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal Gob.mx:

https://www.gob.mx/tuempresa

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples con los requisitos, obtienes la inscripción en el RFC y recibes los documentos que comprueban el registro de tu solicitud.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

ACUSE ÚNICO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·     MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles:

Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.

Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx

·     Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles.

·     Información de Contacto: (55) 52296265 y 01 800 0832 666

      sascontacto@economia.gob.mx

·     Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias).

·     Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·     En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·     Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT.

·     MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.

 

Información adicional

·     A partir de la constitución de la S.A.S. la empresa queda sujeta al cumplimiento de obligaciones legales, entre estas, aquellas que apliquen en el ámbito fiscal.

·     La vigencia de una Autorización de uso de la denominación de la sociedad es de 180 días naturales, la cual debe tramitarse y obtenerse en https://www.gob.mx/tuempresa en Autorización de Uso.

·     En la siguiente liga se podrá consultar la vigencia de la e.firma, de los accionistas que integran a la persona moral: https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/auth/faces/pages/validar/fiel_s.jsf

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 27 del CFF; 260 LGSM; Regla 2.2.10. de la RMF.

(Continúa en la Octava sección)